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BOC Nº 067. Viernes 1 de Abril de 2011 - 1684

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

1684 EDICTO de 17 de febrero de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia, divorcio contencioso nº 0000861/2007.

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BOC-A-2011-067-1684. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Montserrat del Cristo Pérez Galván, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 2 de junio de 2010.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Concepción María Rivero Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Arona los presentes autos de Familia. Divorcio contencioso, nº 0000861/2007 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Georgina Sarah Barry, dirigido por el Letrado D. Leopoldo Mesa Hernández y representado por el Procurador Dña. María Esther Rojas Díaz y de otra como demandada D. Richard John Barry en situación de rebeldía procesal, sobre divorcio contencioso.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Esther Rojas Díaz en nombre y representación de Dña. Georgina Sarah Barry frente a D. Richard John Barry, declaro disuelto por causa legal de divorcio el matrimonio que conformaron los cónyuges D. Richard John Barry y Dña. Georgina Sarah Day y que contrajeron el día 24 de julio de 1999 hecho inscrito en el Registro Civil de Santiago del Teide en el Tomo 16 página 417 de su Sección Segunda, con los efectos inherentes a dicho pronunciamiento.

Dispongo asimismo ratificar las medidas que con carácter definitivo fueron aprobadas por Sentencia de 16 de febrero de 2004 en los Autos de Separación de Mutuo Acuerdo 41/2004 seguidos por este Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona.

Costas de Oficio.

Encontrándose el demandado en paradero desconocido notifíquesele la presente resolución mediante Edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma ex artº. 497.2 de la LEC.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Richard John Barry, expido y libro el presente en Arona, a 17 de febrero de 2011.- El/la Secretario Judicial.

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