Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 061. Jueves 24 de Marzo de 2011 - 1489

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1489 Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.- Resolución de 1 de marzo de 2011, por la que se convocan subvenciones a los centros privados con unidades de educación especial concertadas, para sufragar los gastos derivados del transporte escolar del segundo y tercer cuatrimestre del curso escolar 2010/2011.

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 22 Kb.
BOC-A-2011-061-1489. Firma electrónica-Descargar

Por esta Dirección General se inicia expediente de convocatoria de subvenciones a los centros privados con unidades de educación especial concertadas, para sufragar gastos derivados del transporte escolar del segundo cuatrimestre, de enero a abril del año 2011, y del tercer cuatrimestre, de mayo a agosto del año 2011 del curso escolar 2010/2011, y de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 11 de junio de 2010, se publica en el Boletín Oficial de Canarias la Orden de 2 de junio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras de duración indefinida para la concesión de subvenciones a los centros privados con unidades de educación especial concertadas, para sufragar gastos derivados del transporte escolar.

Segundo.- El objeto es convocar subvenciones al transporte escolar en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el coste del desplazamiento diario del alumnado de educación especial, matriculado en centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Canarias, en aquellas unidades específicamente sostenidas con fondos públicos.

Tercero.- La presente Resolución será de aplicación a los centros privados de Canarias, con unidades de educación especial concertadas, y al alumnado de los mismos con residencia en esta Comunidad Autónoma.

Cuarto.- En los Presupuestos de la Comunidad Autónoma, para el ejercicio 2011, existe crédito adecuado y suficiente, para tal fin, en la Aplicación Presupuestaria 18.03.322B.480.00, línea de actuación 18482602 con la denominación "Enseñanza Educación Especial Concertada".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Lo previsto con carácter de legislación básica en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18.11.03) y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 (BOE nº 176, de 25.7.06); así como el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el Régimen General de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09).

Segundo.- La Orden de la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de fecha 2 de junio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras de duración indefinida para la concesión de subvenciones a los centros privados con unidades de educación especial concertadas, para sufragar gastos derivados del transporte escolar (BOC nº 144, de 11.6.10).

Tercero.- Los artículos 152, 153 y 154 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.06) y la Ley 11/2010, de 30 de diciembre (BOC nº 257, de 31.12.10), de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011.

Cuarto.- Lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), en relación con el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92) en su redacción actual, relativo a la delegación de competencias.

Quinto.- La Disposición Adicional Segunda del Decreto 147/2010, de 25 de octubre, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 212, de 27.10.10), establece la supresión de la Dirección General de Promoción Educativa, asumiendo las competencias la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Esta Dirección General de acuerdo con lo anterior, y en uso de la delegación establecida en el resuelvo tercero de la Orden de 2 de junio de 2010, por la que se establecen las bases reguladoras de duración indefinida para la concesión de subvenciones a los centros privados con unidades de educación especial concertadas, para sufragar gastos derivados del transporte escolar.

R E S U E L V E:

Primero.- Convocar subvenciones, para el segundo cuatrimestre, de enero a abril del año 2011, y del tercer cuatrimestre, de mayo a agosto del año 2011, del curso escolar 2010/2011, a los centros privados con unidades de educación especial concertadas, para sufragar gastos derivados del transporte escolar.

Segundo.- El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Las solicitudes, que se ajustarán al modelo recogido en el anexo II de la Orden de 2 de junio de 2010, junto con la documentación requerida, según lo dispuesto en la base quinta de la mencionada Orden, se presentarán en la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, sita en la calle Albareda, nº 52, Edificio Woermann Center, 35071-Las Palmas de Gran Canaria; o bien, en la Avenida Buenos Aires, 3 y 5, Edificio Tres de Mayo, 38071-Santa Cruz de Tenerife; o en las Direcciones Insulares y Territoriales de Educación, e irán dirigidas a la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

Igualmente, se podrán presentar en cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción actual. En caso de presentarse en una Oficina de Correos, la solicitud deberá ser sellada y fechada por la Oficina de Correos antes de introducirla en el sobre.

Cuarto.- El importe de la convocatoria para el ejercicio 2011, será de ochocientos mil (800.000,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.03.322B.480.00 L.A.18482602 "Enseñanza Educación Especial Concertada".

Quinto.- En esta convocatoria se realizarán dos abonos: el primero correspondiente al cuatrimestre enero-abril de 2011 y el segundo al finalizar el cuatrimestre mayo-agosto del mismo año.

Sexto.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

La presente Resolución, al ser dictada en virtud de competencias delegadas, pone fin a la vía administrativa. Contra la misma, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, desde el día siguiente al de su notificación, o bien, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación. En caso de interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de marzo de 2011.- La Directora General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, María Victoria González Ares.

© Gobierno de Canarias