Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 040. Jueves 24 de Febrero de 2011 - 926

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

926 Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que hace pública la Resolución de 10 de febrero de 2011, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. David Ruiz Zamora de la Propuesta de Resolución de 18 de enero de 2011, recaída en el expediente de I.U. 724/07-(I.U. 2198/2007).

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 143 Kb.
BOC-A-2011-040-926. Firma electrónica-Descargar

No habiéndose podido practicar la notificación a D. David Ruiz Zamora, de la Propuesta de Resolución de la Apmun, de fecha 18 de enero de 2011, procede la notificación por los medios previstos en el artículo 59.5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En consecuencia, a continuación se transcribe y para que sirva de notificación, extracto de la citada propuesta.

R E S U E L V O:

Notificar a D. David Ruiz Zamora, la Propuesta de Resolución, de fecha 18 de enero de 2011, recaída en el expediente instruido en esta Agencia, por infracción al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, con referencia I.U. 724/07-(I.U. 2198/2007), y que dice textualmente:

SE PROPONE:

Primero.- Imponer a D. David Ruiz Zamora la multa de noventa y seis mil setecientos cuarenta y dos euros con cinco céntimos (96.742,05 euros) como responsable en calidad de Promotor, de una infracción administrativa muy grave consistente en la construcción de una vivienda semienterrada aislada y de una planta de 93 m2 de superficie y dos cuartos-almacén de 1,5 y 2 m2 en suelo clasificado y categorizado como rústico de protección de entornos, en el lugar denominado Los Lajares, del término municipal de Haría, sin los preceptivos títulos legitimantes necesarios para su ejecución (calificación territorial y licencia urbanística), tipificada en el artículo 202.4.a) del TRLOTENC y sancionada en el artículo 203.1.c) del mismo texto legal.

Segundo.- Ordenar el restablecimiento del orden jurídico perturbado, mediante la demolición y reposición de las cosas al estado anterior a la comisión de las actuaciones, de referencia, en el lugar denominado Los Lajares, del término municipal de Haría.

A tal efecto se requiere al expedientado para que en el plazo de un mes presente, ante la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, el correspondiente proyecto de restauración, como primer trámite de la ejecución voluntaria de lo ordenado, advirtiéndole que el incumplimiento de tal requerimiento, dará lugar a que esta Administración ejecutará subsidiariamente la orden de reposición, con cargo al infractor, conforme a lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Asimismo, en los supuestos de ejecución subsidiaria de la reposición de la realidad física alterada a su estado anterior, si los responsables de la alteración ofreciesen su total colaboración en la ejecución, y así constase en el acta levantada a tal efecto por la Administración actuante, el coste de la demolición será repercutido a los responsables obligados con una bonificación del cincuenta por ciento.

Tercero.- Notificar la presente Propuesta de Resolución al interesado, poniendo en su conocimiento, de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, lo siguiente:

a) Que frente a esta propuesta de resolución puede presentar alegaciones, documentos e informaciones, en el plazo de quince días, durante los cuales queda de manifiesto el expediente.

b) A esta notificación se acompaña una relación de los documentos obrantes en el expediente a fin de que pueda obtener copia de los que estime convenientes.

c) Una vez evacuado este trámite, y vistas las alegaciones, informaciones y pruebas aportadas, se elevará todo lo actuado al Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para que resuelva lo que proceda.

Ver anexo en la página 3945 del documento Descargar

Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de febrero de 2011.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.

© Gobierno de Canarias