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BOC Nº 040. Jueves 24 de Febrero de 2011 - 913

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

913 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 15 de febrero de 2011, del Director, por la que corrige error en la Resolución de 17 de enero de 2011, que resuelve la convocatoria de subvenciones públicas dirigidas a la inserción sociolaboral en Empresas de Inserción del año 2010, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

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BOC-A-2011-040-913. Firma electrónica-Descargar

Vista la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 11/00403, de fecha 17 de enero de 2011, inserta en el Boletín Oficial de Canarias nº 18, de 26 de enero de 2011, que resuelve la convocatoria de subvenciones públicas dirigidas a la inserción sociolaboral en empresas de inserción del año 2010 prevista en la Resolución de 29 de junio de 2010, del Presidente del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 133, de 8.7.10), y teniendo en cuenta que

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Advertidos errores de hecho material en el anexo I de la Resolución arriba referenciada, en el sentido que el importe concedido a la entidad "Isora Integra" en relación al expediente nº 10-35/07156, es de 16.800 euros y en relación al expediente nº 10-35/07157, es de 8.000 euros, puesto que dicha entidad cuenta con dos de plazas de inserción ocupadas en el momento de la solicitud, tal y como consta en el anexo I de la Resolución provisional de concesión del Director del Serivicio Canario de Empleo de fecha 8 de noviembre de 2010.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [LRJ-PAC] (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

Segundo.- Se ha producido en este caso un error material por parte de este organismo gestor, por cuanto el resuelvo primero de la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo número nº 11/00403, de fecha 17 de enero de 2011 (BOC nº 18, de 26.1.11), tal y como se señala en el antecedente de hecho de la presente Resolución, es incorrecto.

Tercero.- La competencia para dictar la presente resolución corresponde al Director del Servicio Canario de Empleo a tenor de lo establecido en el artículo 9.2, letra c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03), en relación con lo establecido en la base octava del anexo I de la Resolución de 5 de mayo de 2009, del Presidente del S.C.E. (BOC nº 92, de 15.5.09), por la que se aprueban las bases reguladoras de vigencia indefinida para la concesión de subvenciones dirigidas a fomentar la creación y consolidación de empresas calificadas como I+E, de empresas de economía social y de empresas de inserción, cofinanciadas por el F.S.E., y se establece la convocatoria para el año 2009.

Vistos los antecedentes mencionados, y demás de general aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Proceder a la corrección de los siguientes errores detectados en las celdas "Importe concedido" del anexo I de la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 11/00403, de fecha 17 de enero de 2011 (BOC nº 18, de 26.1.11):

En el expediente 10-35/07156 el dato es 16.800 euros y no 8.400 euros.

En el expediente 10-35/07157 el dato es 8.000 euros y no 4.000 euros.

Segundo.- Se mantiene vigente en todos su términos el resto del contenido de la Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo nº 11/00403, de fecha 17 de enero de 2011 (BOC nº 18, de 26.1.11), no afectado por la presente corrección.

Notifíquese la presente Resolución al interesado con la indicación de que, contra ésta, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Industria y Comercio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de febrero de 2011.- El Director, Alberto Génova Galván.

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