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BOC Nº 039. Miércoles 23 de Febrero de 2011 - 884

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Los Llanos de Aridane

884 EDICTO de 2 de febrero de 2011, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000470/2010.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la Sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Llanos de Aridane (Los), a 31 de enero de 2011.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Concepción María Rivero Rodríguez, Juez por sustitución del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Llanos de Aridane (Los) los presentes autos de Familia. Divorcio contencioso, nº 0000470/2010, seguido entre partes, de una como demandante D. Camilo León Hernández, dirigido por el Letrado D. Francisco J. Pérez Felipe y representado por el Procurador Dña. Ana M. Fernández Riverol y de otra como demandada Dña. Rossi Elena Díaz Solarte, en situación de rebeldía procesal sobre divorcio contencioso ... FALLO: estimándose íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ana María Fernández Riverol en nombre y representación de D. Camilo León Hernández, contra Dña. Rossi Elena Díaz Solarte, declaro disuelto por causa de divorcio el matrimonio formado por los cónyuges Camilo León Hernández y Dña. Rossi Elena Díaz Solarte, con los efectos inherentes a tal pronunciamiento.

Costas de oficio.

Encontrándose la demandada en paradero desconocido notifíquese a la misma mediante publicación de extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Una vez firme la presente resolución líbrese exhorto al Registro Civil de Santa Cruz de La Palma a los efectos de la práctica de la correspondiente inscripción marginal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.- Firmado y rubricado.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Rossi Elena Díaz Solarte, para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma Canaria, para que sirva de notificación al demandado, se extiende la presente.

En Los Llanos de Aridane, a 2 de febrero de 2011.- El/la Secretario Judicial.

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