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BOC Nº 038. Martes 22 de Febrero de 2011 - 861

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

861 Dirección General de Personal.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 8 de febrero de 2011, que acuerda la remisión del expediente administrativo y emplaza a todos los terceros interesados, en relación al Procedimiento Abreviado nº 510/2009, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Santa Cruz de Tenerife y promovido por Dña. Montserrat Acosta Barrera y otros.

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BOC-A-2011-038-861. Firma electrónica-Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Dña. Montserrat Acosta Barrera y otros interpone recurso contencioso-administrativo contra:

A) La Resolución de 13 de agosto de 2009, de adjudicación definitiva de destinos provisionales, para el curso 2009/10, de personal docente de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional y Enseñanza de Régimen Especial, excepto Música y Artes Escénicas, en centros públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias, según Resolución de 21 de mayo de 2009 (BOC nº 102, de 29.5.09)

B) La Resolución de 17 de agosto de 2009, de la Dirección General de Personal, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos provisionales para el curso 2009/2010, a los funcionarios en prácticas, personal funcionario en excedencia que soliciten reingresar al servicio activo sin reserva del puesto de trabajo, funcionarios de carrera con destinos definitivo en otras administraciones educativas, personal integrante de las listas de Logopedia, Interinos y Sustitutos del Cuerpo de Maestros, en Centros Públicos dependientes de la Comunidad Autónoma de Canarias, según Resolución de 21 de mayo de 2009 (BOC nº 102, de 29.5.09).

C) La Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 12 de agosto de 2003, modificada por las Órdenes posteriores de 25 de abril de 2006 y 4 de junio de 2007, y en ejecución de Sentencias firmes de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 21 de octubre de 2005 y 30 de junio de 2006; y desarrollado en el Acuerdo de Gobierno de Canarias de 20 de julio de 2005, de aprobación del Segundo Protocolo para la gestión del Profesorado Interino y Sustituto del Sistema Educativo Público Canario, suscrito con fecha 10 de mayo de 2005, entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y los Sindicatos más representativos en el sector docente, y publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 167, de 25 de agosto de 2005, y en la Resolución de la Dirección General de Personal de promoción e inclusión en las listas de interinidad y sustituciones de 14 de mayo de 2007, modificada por posterior Resolución de 30 de enero de 2008.

Segundo.- Este recurso se diligencia como Procedimiento Abreviado nº 510/2009 ante el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 3 de Santa Cruz de Tenerife.

Tercero.- Por oficio del citado órgano judicial se nos requiere la remisión del expediente administrativo y el emplazamiento a todos los terceros interesados en dicho procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 48.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE nº 167, de 14.7.98), establece que el órgano jurisdiccional requerirá a la Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los emplazamientos previstos en el siguiente artículo 49.

Segundo.- El artículo 49.1 de la misma Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, regula que la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.

Tercero.- Según la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), establece que: "La publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos en los siguientes casos:

a.- Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas o cuando la Administración estime que la notificación efectuada a un solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, siendo, en este último caso, adicional a la notificación efectuada.

b.- Cuando se trata de actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo. En este caso, la convocatoria del procedimiento deberá indicar el tablón de anuncios o medios de comunicación donde se efectuarán las sucesivas publicaciones, careciendo de validez las que se lleven a cabo en lugares distintos".

En virtud de las competencias que me otorga el artículo 13.1.s) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual

R E S U E L V O:

Primero.- Ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Santa Cruz de Tenerife del expediente administrativo relativo al Procedimiento Abreviado nº 510/2009.

Segundo.- A través de la presente Resolución, emplazar a todos los terceros interesados en relación a dicho procedimiento, a fin de que, si lo desean, puedan personarse como demandados ante el citado órgano jurisdiccional en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de febrero de 2011.- La Directora General de Personal, María Teresa Covisa Rubia.

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