Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 034. Miércoles 16 de Febrero de 2011 - 745

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

745 Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio de 18 de enero de 2011, de la Secretaria, relativo a notificación de la Resolución de 19 de mayo de 2005, del Director, por la que se acepta el desistimiento formulado por D. Luis Jorge Hernández Artiles y se declara concluso el procedimiento iniciado, ordenando el archivo de las actuaciones practicadas en el expediente 35-A-038/05-02.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 9 Kb.
BOC-A-2011-034-745. Firma electrónica-Descargar

No habiéndose podido notificar a Luis Jorge Hernández Artiles, en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), la Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 19 de mayo de 2005, por la que se acepta el desistimiento de la solicitud de actuación protegible de autoconstrucción de vivienda, gestionado en este Instituto y siendo necesario notificar dicho trámite, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el apartado 5º del citado artículo.

ANUNCIO

Notificar a D. Luis Jorge Hernández Artiles la Resolución del expediente 35-A-038/05-02, de fecha 19 de mayo de 2005, por la que se acepta el desistimiento formulado de solicitud de actuación protegible de autoconstrucción de vivienda, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:

Único.- Aceptar el desistimiento formulado por D. Luis Jorge Hernández Artiles y declarar concluso el procedimiento iniciado, ordenando el archivo de las actuaciones practicadas en el expediente 35-A-038/05-02, devolviendo al promotor la documentación que obra en el mismo.

Este acto no agota la vía administrativa. Contra el mismo cabe deducir recurso de alzada ante la Excma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artº. 21 del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Canario de la Vivienda y en concordancia con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92 y BOE nº 12, de 14.1.99).

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de enero de 2011.- La Secretaria, María Teresa Larrea Díez.

© Gobierno de Canarias