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BOC Nº 034. Miércoles 16 de Febrero de 2011 - 727

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Otras Administraciones - Universidad de La Laguna

727 RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2011, sobre convocatoria de una Beca de Colaboración en tareas vinculadas con la Orientación e Información al alumnado de la Facultad de Educación de la Universidad de La Laguna.

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Dentro de la política de apoyo a la participación de los alumnos/as en las actividades que se vienen desarrollando en la Facultad de Educación que puedan repercutir positivamente en su proceso formativo y en la mejora de las competencias de acción profesional, se convoca una beca de colaboración de conformidad con las siguientes bases:

1º) Objeto de la convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es ofrecer una Beca de Colaboración para la Facultad de Educación de la Universidad de La Laguna en tareas vinculadas con la Orientación e Información al alumnado de la Facultad de Educación que se realizan en el Servicio de Orientación e Información al Alumnado (SOIA) perteneciente a la Facultad de Educación. A través de este servicio que viene funcionando desde 1989, se realizan actividades de apoyo al alumnado de la Facultad (información, asesoramiento, ayuda para estudiar, etc.). Este servicio para el alumnado, junto con el Plan de Tutorías, son algunas de las iniciativas para ayudar a los estudiantes de la Facultad en su proceso de estudio y mejora del rendimiento académico.

La situación actual de la Universidad (planes de estudio nuevos, diversos itinerarios formativos, créditos de libre elección, etc.) requiere que el alumnado que se incorpora a la formación superior cuente con ayuda para situarse y adaptarse a este tramo de la enseñanza. Sin esta ayuda muchos de estos estudiantes se pierden en el camino, fracasan y abandonan sus estudios, con el consiguiente efecto negativo que tiene, tanto para la institución como para el propio estudiante. La importancia de estas actividades de asesoramiento al alumnado, especialmente a los de nuevo ingreso, justifica la existencia de este tipo de iniciativas y programas para facilitar la adaptación e incorporación a la vida universitaria con ciertas garantías de éxito.

Dado que hay en la Facultad de Educación diferentes titulaciones donde se abordan temáticas relacionadas con la orientación al alumnado, hemos considerado apropiado que estos estudiantes en formación realicen distintas actividades prácticas a través de las cuales se facilite la integración y adaptación de estudiantes de nuevo ingreso. La orientación y tutoría entre iguales es una modalidad de asesoramiento en la que estudiantes veteranos ayudan a otros noveles en su proceso de entrada en la universidad y mejora de su rendimiento académico.

Para esta finalidad se convoca esta beca de colaboración, al igual que otras similares ofertadas por la Universidad de La Laguna, que tiene como finalidad la adquisición por parte del beneficiario de una formación práctica específica en el desarrollo de proyectos relacionados con el asesoramiento y la orientación, así como la mayor integración, conocimiento e implicación en las actividades de la Facultad de Educación y Universidad. Como hemos señalado, esta beca se concede a estudiantes con una formación en el campo de la intervención psicopedagógica para ayudar a otros estudiantes de la Facultad de Educación a resolver dudas y problemas relacionados con su proceso de estudio y formación para el futuro profesional. La persona que dispone de la beca tiene la oportunidad de adquirir experiencia en el ámbito del asesoramiento a estudiantes universitarios, lo cual sin duda le ayudará en su futuro profesional. Este proceso de formación y la participación en las distintas experiencias que realiza el becario/a se lleva a cabo bajo la la supervisión del Vicedecanato de Ordenación Académica y la tutorización del Coordinador de Tutorías y SOIA, profesor de la Facultad de Educación.

2º)Régimen Jurídico.

Esta convocatoria se desarrolla conforme al régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva que establece el artículo 23.2.d) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre (BOE de 18.11.03), General de Subvenciones, siéndole de aplicación la citada norma y los preceptos que corresponda.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre (BOE de 18.11.03), General de Subvenciones.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.92), en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.99).

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC de 8.4.09).

- Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna (BOC de 26 de julio).

3º)Destinatarios y requisitos.

Podrán concurrir los alumnos matriculados en las distintas titulaciones, en doctorados o postgrados de la Facultad de Educación de la Universidad de La Laguna, que puedan acreditar conocimientos y experiencia en el campo de la intervención orientadora y asesoramiento. Asimismo se requieren conocimientos básicos en el manejo de programas informáticos. Asimismo se valorará la capacidad de comunicación, manejo de información, habilidades sociales y de relación y trabajo en grupo.

4º)Dotación y dedicación.

La cuantía total de la beca será de 2.100 euros, con cargo a la línea presupuestaria de Actividades Generales, capítulo cuatro (concepto 489.09) de la Facultad de Educación para el año 2011. Tendrá una dotación semestral de 1.050 euros, que se hará efectiva cada semestre, con una dedicación de 40 horas mensuales. El período de disfrute de la beca de colaboración será desde la resolución de adjudicación y aceptación de la misma hasta diciembre de 2011.

5º) Actividades a realizar.

La persona beneficiaria, como parte de su formación práctica, desarrollará actividades de coordinación, formación y asesoramiento en el Servicio de Orientación e Información al Alumnado (SOIA) de la Facultad de Educación. En ningún caso se puede entender que las tareas a desarrollar por el becario/a corresponden a tareas del personal de administración y servicios de la ULL, sino que son actividades que tienen un carácter eminentemente formativo y profesionalizador para el alumno/a beneficiario de la beca. Como hemos señalado, estas tareas que realice el becario/a serán supervisadas y autorizadas por un profesor de la Facultad de Educación que coordina el SOIA y el Plan de Tutorías de la Facultad de Educación y se vincula al Vicedecanato de Ordenación Académica de dicha Facultad. Algunas de las funciones a desarrollar son las siguientes:

1. Diseñar actividades de información que sirvan para orientar al alumnado de la Facultad de Educación.

2. Colaborar en la realización de estudios de investigación centrados en la problemática del alumnado de la Facultad de Educación.

3. Colaborar con la Facultad de Educación en el desarrollo de eventos de carácter orientador y formativo (jornadas de bienvenida a los estudiantes de nuevo ingreso, jornadas de puertas abiertas, semana de la Facultad de Educación, etc.).

4. Buscar información sobre las consultas que realizan los estudiantes de la Facultad de Educación.

5. Realizar talleres de formación para los estudiantes de la Facultad de Educación (técnicas de estudio, salidas profesionales, etc.).

6. Colaborar en la redacción, diseño y difusión del boletín para el alumnado de la Facultad de Educación, actualización de la información dedicada al alumnado que se difunde por los televisores de la Facultad y participar en el mantenimiento actualizado del área del alumnado del entorno colaborativo de la Facultad de Educación.

7. Cualquier otra actividad que desde el Vicedecanato de Ordenación Académica de la Facultad de Educación precise su participación vinculado a la orientación e información al alumnado de dicha Facultad.

6º)Procedimiento.

Documentación necesaria para concurrir al proceso de selección:

· Rellenar instancia de solicitud (disponible en el SOIA y en la Secretaría de la Facultad de Educación).

· Fotocopia del D.N.I.

· Fotocopia del resguardo de matrícula del presente curso académico.

· Autorización para acceder a los datos de su expediente académico o Certificación académica actualizada.

· Currículum vitae, en el que se demuestre experiencia o conocimientos relacionados con las tareas a desarrollar.

· Declaración de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social o bien una declaración de no estar obligado a su presentación.

Los aspirantes a las becas deberán presentar su solicitud mediante instancia de solicitud a la que adjuntará la documentación prescriptiva en la Secretaría de la Facultad de Educación, Avenida Trinidad, s/n, 38204-La Laguna, así como en la forma prevista en el artº. 38 de la Ley 30/1992, en el plazo de cinco días desde el siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

En el caso de solicitudes incompletas, se requerirá al interesado para que subsane la falta o aporte la documentación preceptiva en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente a su notificación. Se considerará que han desistido de su solicitud quienes, tras la correspondiente notificación, no respondan debidamente al requerimiento dentro del plazo establecido. La Decana de la Facultad de Educación emitirá resolución expresa al respecto conforme a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

7º) Evaluación y selección de las solicitudes.

La selección del becario la llevará a cabo una Comisión creada al efecto, presidida por la Vicedecana de Ordenación Académica de la Facultad de Educación y como miembros vocales, el Coordinador del SOIA y Plan de Tutorías, un profesor de la Facultad de Educación y la Secretaria del SOIA que levantará acta de la Comisión.

Una vez realizada la revisión administrativa de las solicitudes presentadas, se procederá a la elaboración de una lista de candidatos ordenada por la puntuación obtenida conforme al siguiente baremo:

- Nota media del expediente: 0-5 puntos.

- Méritos acreditados referentes al conocimiento sobre el campo del asesoramiento y la orientación: 0-3 puntos.

- Méritos acreditados referentes al conocimiento en programas informáticos (word, excel, spss, etc.): 0-2 puntos.

La Comisión podrá solicitar entrevista dilucidatoria en caso de empates, si así lo precisa.

Realizada la baremación de las solicitudes, la Comisión creada al efecto transmitirá la propuesta provisional de adjudicatarios de la beca a la Decana de la Facultad de Educación que ordenará la publicación de la propuesta provisional en el tablón de anuncios de la Secretaría y del SOIA de la Facultad de Educación, estableciéndose un plazo de cinco días, contados a partir del día siguiente de su publicación, para aquellos interesados que deseen formular las alegaciones que estimen oportunas.

Una vez resueltas las alegaciones, que se presentarán en la Secretaría de la Facultad de Educación, la Comisión de alegaciones creada al efecto por la Decana, elevará propuesta definitiva de la adjudicación de la beca.

Para la confección de la relación de suplentes se atenderá al orden de prelación en la baremación realizada conforme a esta convocatoria de los candidatos, que aun cumpliendo con los requisitos, no hayan resultado adjudicatarios de la beca.

La resolución definitiva de la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la Secretaría de la Facultad de Educación, del SOIA y en la web de la Facultad de Educación.

De conformidad con lo previsto en el artº. 59.5.b) de la Ley 30/1992, el Excmo. Sr. Rector de la Universidad de La Laguna recibirá del Decanato de la Facultad de Educación la propuesta de adjudicación definitiva de la beca y entonces dictará resolución en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la presente convocatoria. Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Secretaría de la Facultad de Educación y del SOIA. Si transcurrido el plazo no se hubiera publicado resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimadas sus solicitudes.

Los resultados de la selección se notificarán en el plazo de 10 días naturales por procedimientos electrónicos a todos los solicitantes por el o la secretario/a de la Comisión. El adjudicatario de la beca, tras la notificación, deberá presentar carta de aceptación en el plazo de diez días naturales desde la comunicación de la concesión. Junto a la aceptación como becario, el interesado deberá presentar declaración jurada de no estar percibiendo remuneración alguna por obtención de otra subvención o beca de similar cometido o por actividad profesional remunerada, así como una declaración responsable que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

El Sr. Rector podrá revocar a propuesta de la comisión la concesión de la beca, tal y como lo establece el artº. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Contra la Resolución que pondrá fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante lo anterior, también podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la Resolución. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.

La Laguna, a 3 de febrero de 2011.- El Rector, Eduardo Doménech Martínez.

Ver anexo en la página 2882 del documento Descargar

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