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BOC Nº 034. Miércoles 16 de Febrero de 2011 - 726

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Otras Administraciones - Universidad de La Laguna

726 RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2011, sobre convocatoria de una Beca de Colaboración en tareas vinculadas con la Calidad y la Innovación Educativa de la Facultad de Educación de la Universidad de La Laguna.

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Dentro de la política de apoyo a la participación de los alumnos/as en las actividades que se vienen desarrollando en la Facultad de Educación que puedan repercutir positivamente en su proceso formativo y en la mejora de las competencias de acción profesional, se convoca una beca de colaboración de conformidad con las siguientes bases:

1º)Objeto de la convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es ofrecer una Beca de Colaboración para la Facultad de Educación de la Universidad de La Laguna en tareas vinculadas con la calidad y la innovación educativa en la Facultad de Educación que se llevan a cabo en la Coordinación de Calidad de la Facultad de Educación.

La situación actual de la Facultad de Educación de la Universidad de La Laguna (planes de estudio nuevos, guías docentes, ...) justifica la existencia de este tipo de iniciativas y programas para facilitar que la Facultad alcance niveles elevados de calidad e innovación que demanda la convergencia europea.

Dado que hay en la Facultad de Educación diferentes titulaciones donde se abordan temáticas relacionadas con la calidad y la innovación hemos considerado apropiado que los estudiantes en formación realicen distintas actividades prácticas relacionadas con dichas temáticas.

Para esta finalidad se convoca esta beca de colaboración, al igual que otras similares ofertadas por la Universidad de La Laguna, que tiene como finalidad la adquisición por parte del beneficiario de una formación práctica específica en el desarrollo de proyectos relacionados con la innovación y la calidad en la Facultad de Educación. Como hemos señalado, esta beca se concede a estudiantes con una formación en el campo de los procesos estadísticos y el manejo de paquetes estadísticos computerizados, así como el análisis cualitativo de datos y en los procesos de calidad e innovación que le permitan integrarse junto al Coordinador de Calidad de la Facultad de Educación en el diseño y análisis de datos.

La persona que dispone de la beca tiene la oportunidad de adquirir experiencia en el ámbito de la calidad y la innovación, lo cual sin duda le ayudará en su futuro profesional. Este proceso de formación y la participación en las distintas experiencias que realiza el becario/a se lleva a cabo bajo la supervisión de la Decana y el Coordinador de Calidad de la Facultad de Educación de la Universidad de La Laguna.

2º) Régimen Jurídico.

Esta convocatoria se desarrolla conforme al régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva que establece el artículo 23.2.d) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre (BOE de 18.11.03), General de Subvenciones, siéndole de aplicación la citada norma y los preceptos que corresponda.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre (BOE de 18.11.03), General de Subvenciones.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27.11.92), en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14.1.99).

- Real Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC de 8.4.09).

- Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna (BOC de 26 de julio).

3º)Destinatarios y requisitos.

Podrán concurrir los alumnos matriculados en las distintas titulaciones, en doctorados o postgrados de la Universidad de La Laguna, que puedan acreditar conocimientos y experiencia en el campo de la estadística y el análisis cuantitativo y cualitativo de datos. Asimismo se requieren conocimientos básicos en procesos de calidad. Asimismo se valorará la capacidad de utilizar lengua inglesa, comunicación, manejo de información, habilidades sociales y de relación y trabajo en grupo.

4º)Dotación y dedicación.

La cuantía total de la beca será de 2.100 euros, con cargo a la línea presupuestaria de Actividades Generales, capítulo cuatro (concepto 489.09) de la Facultad de Educación para el año 2011. Tendrá una dotación semestral de 1.050 euros, que se hará efectiva cada semestre, con una dedicación de 40 horas mensuales. El período de disfrute de la beca de colaboración será desde la resolución de adjudicación y aceptación de la misma hasta diciembre de 2011.

5º)Actividades a realizar.

La persona beneficiaria, como parte de su formación práctica, desarrollará actividades de diseño, análisis y elaboración de informes vinculados con la calidad y la innovación en la Facultad de Educación. En ningún caso se puede entender que las tareas a desarrollar por el becario/a corresponden a tareas del personal de administración y servicios de la ULL, sino que son actividades que tienen un carácter eminentemente formativo y profesionalizador para el alumno/a beneficiario de la beca. Estas tareas que realice el becario/a serán supervisadas y tutorizadas por el Coordinador de Calidad y Decana de la Facultad de Educación. Algunas de las funciones a desarrollar son las siguientes:

1. Diseñar encestas en línea y realización de muestreos y sondeos con alumnado, profesorado, personal, egresados y agentes sociales.

2. Colaborar en la realización de estudios de investigación centrados en temas de calidad e innovación en la Facultad de Educación.

3. Colaborar con los análisis estadísticos que utilicen paquetes como SPSS y análisis cualitativo de datos en la Facultad de Educación.

4. Participar en la elaboración de informes con aporte de figuras y tablas.

5. Formar parte de los análisis que se realizan vinculados a los procesos de calidad y la evaluación de servicios y titulaciones de la Facultad de Educación.

6. Cualquier otra actividad que desde la coordinación de Calidad se precise en el proceso de convergencia de los títulos de grado, postgrado y doctorado de la Facultad de Educación.

6º)Procedimiento.

Documentación necesaria para concurrir al proceso de selección:

· Rellenar instancia de solicitud (disponible en la OSL y en la Secretaría de la Facultad de Educación).

· Fotocopia del D.N.I.

· Fotocopia del resguardo de matrícula del presente curso académico.

· Certificación académica actualizada.

· Currículum vitae, en el que se demuestre experiencia o conocimientos relacionados con las tareas a desarrollar.

· Declaración de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social o bien una declaración de no estar obligado a su presentación.

Los aspirantes a las becas deberán presentar su solicitud mediante instancia de solicitud a la que adjuntará la documentación prescriptiva en la Secretaría de la Facultad de Educación, Avenida Trinidad, s/n, 38204-La Laguna, así como en la forma prevista en el artº. 38 de la Ley 30/1992, en el plazo de cinco días desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

En el caso de solicitudes incompletas, se requerirá al interesado para que subsane la falta o aporte la documentación preceptiva en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente a su notificación. Se considerará que han desistido de su solicitud quienes, tras la correspondiente notificación, no respondan debidamente al requerimiento dentro del plazo establecido. La Decana de la Facultad de Educación emitirá resolución expresa al respecto conforme a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

7º) Evaluación y selección de las solicitudes.

La selección del becario la llevará a cabo una Comisión creada al efecto, presidida por la Decana de la Facultad de Educación y como miembros vocales, el Coordinador de Calidad, un profesor y el Secretario de la Facultad de Educación.

Una vez realizada la revisión administrativa de las solicitudes presentadas, se procederá a la elaboración de una lista de candidatos ordenada por la puntuación obtenida conforme al siguiente baremo:

- Nota media del expediente: 0-3 puntos.

- Méritos acreditados referentes al conocimiento sobre el campo estadística: 0-2 puntos.

- Méritos acreditados referentes al empleo de programas de análisis cualitativo y cuantitativo de datos: 0-2 puntos.

- Méritos acreditados referentes a procesos de calidad y evaluación de centros y titulaciones: 0-2 puntos.

- Otros méritos: 0-1 punto.

La Comisión podrá solicitar entrevista dilucidatoria en caso de empates, si así lo precisa.

Realizada la baremación de las solicitudes, la Comisión creada al efecto transmitirá la propuesta provisional de adjudicatarios de la beca a la Decana de la Facultad de Educación que ordenará la publicación de la propuesta provisional en el tablón de anuncios de la Secretaría y del SOIA de la Facultad de Educación, estableciéndose un plazo de cinco días contados a partir del día siguiente de su publicación, para aquellos interesados que deseen formular las alegaciones que estimen oportunas.

Una vez resueltas las alegaciones, que se presentarán en la Secretaría de la Facultad de Educación, la Comisión de alegaciones creada al efecto por la Decana, elevará propuesta definitiva de la adjudicación de la beca.

Para la confección de la relación de suplentes se atenderá al orden de prelación en la baremación realizada conforme a esta convocatoria de los candidatos, que aun cumpliendo con los requisitos, no hayan resultado adjudicatarios de la beca.

La resolución definitiva de la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la Secretaría de la Facultad de Educación y en la web de la Facultad de Educación.

De conformidad con lo previsto en el artº. 59.5.b) de la Ley 30/1992, el Excmo. Sr. Rector de la Universidad de La Laguna recibirá del Decanato de la Facultad de Educación la propuesta de adjudicación definitiva de la beca y entonces dictará resolución en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la presente convocatoria. Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Secretaría de la Facultad de Educación. Si transcurrido el plazo no se hubiera publicado resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimadas sus solicitudes.

Los resultados de la selección se notificarán en el plazo de 10 días naturales por procedimientos electrónicos a todos los solicitantes por el o la secretario/a de la Comisión. El adjudicatario de la beca, tras la notificación, deberá presentar carta de aceptación en el plazo de diez días naturales desde la comunicación de la concesión. Junto a la aceptación como becario, el interesado deberá presentar declaración jurada de no estar percibiendo remuneración alguna por obtención de otra subvención o beca de similar cometido o por actividad profesional remunerada, así como una declaración responsable que acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

El Sr. Rector podrá revocar a propuesta de la comisión la concesión de la beca, tal y como lo establece el artº. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Contra la Resolución que pondrá fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante lo anterior, también podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la Resolución. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.

La Laguna, a 3 de febrero de 2011.- El Rector, Eduardo Doménech Martínez.

Ver anexo en la página 2878 del documento Descargar

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