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BOC Nº 030. Jueves 10 de Febrero de 2011 - 599

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

599 Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.- Resolución de 31 de enero de 2011, de la Directora, por la que se resuelve definitivamente y conceden subvenciones a las agrupaciones de productores que realicen actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos (Medida 1.3.3 PDR), presentadas al amparo de la Resolución de 9 de agosto de 2010, que realiza la segunda convocatoria para el ejercicio 2010 de las subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, gestionadas por este Instituto (BOC nº 166, de 24.8.10).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Vistas las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la convocatoria realizada por Resolución de 9 de agosto de 2010, por la que se realiza la segunda convocatoria en el ejercicio 2010 de las subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, gestionadas por este Instituto (BOC nº 166, de 24.8.10), destinadas a apoyar a las agrupaciones de productores que realicen actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos (Medida 1.3.3 PDR), vistas las cuentas justificativas, las alegaciones y el informe de la Comisión de Valoración, se eleva Propuesta de Resolución Definitiva, con fundamento en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de 5 de marzo de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013 (BOC nº 50, de 12.3.10).

Segundo.- Mediante Resolución del Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, de 9 de agosto de 2010, se realiza la segunda convocatoria en el ejercicio 2010 de las subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, gestionadas por este Instituto (BOC nº 166, de 24.8.10), destinadas a apoyar a las agrupaciones de productores que realicen actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos (Medida 1.3.3 PDR) Eje 1: Mejora de la Competitividad del sector agrícola y silvícola.

Tercero.- Al amparo de la convocatoria realizada, se han presentado solicitudes por importe total de 298.493,51 euros, siendo 13 las entidades que han solicitado subvención.

Cuarto.- A la citada convocatoria se han destinado créditos por importe total de ciento cincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y dos euros con sesenta y nueve céntimos (157.642,69 euros) del presupuesto de 2011, de este Instituto, a imputar a la aplicación presupuestaria G/4401/413A/7700000 y, dentro de ésta al proyecto de inversión 08713A01 (Apoyo actividades de información y promoción productos en programas de calidad alimentos. FEADER-M. 1.3.3).

Las actuaciones para las que se han destinado los créditos citados, están cofinanciadas por la Unión Europea en un 34,83% a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino en un 26,10%, y por la Comunidad Autónoma de Canarias en el 39,07% restante.

Quinto.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes establecido en la citada Resolución de 9 de agosto de 2010, se procedió a requerir a las entidades cuyas solicitudes no reunían los requisitos documentales establecidos en las bases por las que se rige la convocatoria, lo que se efectuó por Resolución del Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, de 30 de septiembre de 2010 (BOC nº 202, de 13 de octubre).

Sexto.- Expirado el plazo de subsanación de las solicitudes, la Comisión de Evaluación valoró los expedientes presentados en tiempo y forma aplicando para ello los criterios de valoración establecidos en el artículo 17 de la Orden de 5 de marzo de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER para el período de programación 2007-2013.

Séptimo.- El plazo de justificación se estableció, en el artículo séptimo de la convocatoria, el 15 de octubre de 2010, presentando los solicitantes la cuenta justificativa en la citada fecha.

Octavo.- Por anuncio del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, se hizo pública la Resolución Provisional de 16 de noviembre de 2010 (BOC nº 232, de 24.11.10) relativo a las solicitudes destinadas a apoyar a las agrupaciones de productores que realicen actividades de información y promoción de productos en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos (medida 1.3.3 PDR), presentadas al amparo de la Resolución de 9 de agosto de 2010, por la que se realizó segunda convocatoria para el ejercicio 2010 de las subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, gestionadas por este Instituto (BOC nº 166, de 24.8.10).

Noveno.- Presentadas las aceptaciones y alegaciones por los interesados a la Propuesta de Resolución Provisional que a sus derechos convenían, el Órgano Instructor formuló Propuesta de Resolución Definitiva previo informe de la Comisión de Valoración que valoró los expedientes presentados en tiempo y forma aplicando para ello los criterios de valoración establecidos en las bases por las que se rige la convocatoria.

Décimo.- Las actividades y los solicitantes objeto de subvención y el presupuesto aprobado para cada una de ellas se relacionan en el anexo I sin que, a la luz de las solicitudes presentadas y el crédito existente, pueda conformarse la lista de reserva prevista en las bases de la convocatoria.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- Corresponde a la Directora del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria dictar Resolución sobre las solicitudes de subvenciones presentadas en el marco de la convocatoria efectuada por Resolución de 9 de agosto de 2010, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 de las bases reguladoras.

II.- Corresponde al Servicio de Fomento y Promoción del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, en su condición de órgano instructor del procedimiento de concesión, formular Propuesta de Resolución de concesión a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Evaluación, según lo dispuesto en el artículo 23 de la Orden de 5 de marzo de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras, que se notificará a las entidades interesadas mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Canarias.

Por todo lo expuesto,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar y conceder una subvención a los peticionarios relacionados en el anexo I de esta Resolución, por las cantidades y actividades establecidas en el mismo, para el presente ejercicio presupuestario y al amparo de la Resolución de 9 de agosto de 2010, y de acuerdo con un porcentaje de subvención del 70%.

Segundo.- Las subvenciones se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria G/4401/413A/7700000 y, dentro de ésta al proyecto de inversión 08713A01 (Apoyo actividades de información y promoción productos en programas de calidad alimentos. FEADER-M. 1.3.3).

Tercero.- Declarar por desistidas o desestimadas de su solicitud a las entidades que se relacionan en el anexo II.

Cuarto.- Conceder un plazo de 15 días hábiles para que presenten la aceptación expresa de la subvención. En caso de que no se otorgue la aceptación dentro del referido plazo se entenderá que el interesado no acepta la subvención. Los solicitantes que hubieran aceptado la Propuesta de Resolución provisional deberán presentar nueva aceptación.

Quinto.- Las entidades que acepten las subvenciones, una vez concedidas, asumen los requisitos, las condiciones y las obligaciones establecidas en las bases que regulan la convocatoria; entre ellas, someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con las mismas, se practiquen por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias o por cualquier otro órgano de control competente, así como, facilitar toda la documentación e información que les sean requeridas por los mismos y que estén relacionadas con el desarrollo de la actividad.

Sexto.- Notificar a las entidades interesadas la presente Resolución mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias haciendo constar que contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición, ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de enero de 2011.- La Directora, Sulbey González González.

Ver anexo en la página 2494 del documento Descargar

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