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BOC Nº 027. Lunes 7 de Febrero de 2011 - 546

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

546 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 25 de enero de 2011, del Director, por el que se notifica a la entidad Asociación de Sordos de la Zona Sur. Azosur, en ignorado domicilio, requerimiento de 15 de octubre de 2010, sobre expediente de justificación de subvención concedida mediante la Resolución de 29 de octubre de 2008, por la que se concede subvención en el ámbito de la colaboración con los órganos de la Comunidad Autónoma, Universidades, Instituciones sin ánimo de lucro y Organismos Autónomos del Estado específicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, convocadas por Resolución del Presidente del Servicio Canario de Empleo de 17 de marzo de 2008.- Expte. 119/08.

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BOC-A-2011-027-546. Firma electrónica-Descargar

Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación del requerimiento citado en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la entidad Asociación de Sordos de la Zona Sur. Azosur, de requerimiento con registro de salida nº 595264/132897, de fecha 15 de octubre de 2010, cuyo tenor literal es el siguiente:

Nº ORDEN: 119/08.

ENTIDAD: Asociación de Sordos de la Zona Sur. Azosur.

C.I.F.: G35598341.

Nº DE EXPEDIENTE: 3502208FD01.

NOMBRE DEL PROYECTO: Atención social dirigido al colectivo de personas sordas de la zona sur de Gran Canaria.

Vista la documentación presentada por esta entidad, para la justificación del gasto, en cumplimiento de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1997 y Resolución de 21 de enero de 1998, adaptadas a la organización de la Comunidad Autónoma por el Decreto 150/2001, se han detectado varias deficiencias, por lo que deberán aportar copia compulsada de:

· Seguridad Social: TC1 y TC2 de junio de 2009, justificantes de pago de los TC1 de noviembre a junio de 2009. Los TC1 deben llevar estampado el sello de diligencia oficial en el que se detalla el gasto total subvencionado (en base a la liquidación adjunta), el total de la subvención concedida y el nombre de proyecto. Se debe corregir el primer importe del sello ya que ha sido mal calculado. Falta además, el parte de baja de la seguridad social de los trabajadores contratados para el proyecto.

· I.R.P.F.: modelo 190 de 2008 y de 2009. Modelo 110 del segundo trimestre del ejercicio 2009. Además se debe incluir el justificante de pago de los modelos 110 que correspondan al período de duración del proyecto. Los modelos 110 deben llevar estampado el sello de diligencia oficial en el que se detalla el gasto total subvencionado (en base a la liquidación adjunta), el total de la subvención concedida y el nombre de proyecto. Se debe corregir el primer importe del sello ya que ha sido mal calculado.

· Nóminas: nóminas de los meses de mayo y junio, de los tres trabajadores contratados para el proyecto. Justificantes de pago de las nóminas de noviembre de 2008 a junio de 2009. Las nóminas deben llevar estampado el sello de diligencia oficial en el que se detalla el gasto total subvencionado (en base a la liquidación adjunta), el total de la subvención concedida y el nombre del proyecto.

· Certificado de finalización de obra: el expediente no incluye el certificado de finalización de obra o servicio.

· Cuenta justificativa de gasto: está pendiente incluir los gastos relativos a los meses de mayo y junio (nóminas, I.R.P.F. y seguridad social), además se debe desglosar el gasto de seguridad social en seguridad social a cargo de la empresa y seguridad social a cargo del trabajador.

· Memoria firmada.

La citada documentación deberá ser aportada en un plazo improrrogable de 15 días, de acuerdo con el artº. 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, indicándole que la falta de presentación en dicho plazo llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones.- Santa Cruz de Tenerife, a 11 de octubre de 2010.- Sección de Fomento de Empleo Público, Ana María Pérez Prieto."

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de enero de 2011.- El Director, Alberto Génova Galván.

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