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BOC Nº 024. Jueves 3 de Febrero de 2011 - 486

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

486 Dirección General de Protección de la Naturaleza.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 20 de diciembre de 2010, que concede audiencia a la empresa Gestión de Proyectos Vecindario, S.L. en el procedimiento de suspensión en el Registro de Centros Adheridos al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS).

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BOC-A-2011-024-486. Firma electrónica-Descargar

Examinado el expediente tramitado en la Dirección General de Protección de la Naturaleza por la empresa Gestión de Proyectos Vecindario, S.L. en relación a su Registro en el Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales, y vistos los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental nº 377, de 19 de abril de 2004, se declara la adhesión de la empresa Gestión de Proyectos Vecindario, S.L. al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), con vencimiento el 12 de enero de 2007.

Segundo.- Con fecha 2 de noviembre de 2010 se le requiere que proceda a cumplimentar el trámite de presentación de la documentación necesaria para renovar su inscripción en el Registro EMAS, así como las Declaraciones Ambientales validadas de los años 2004 al 2008, no remitidas anteriormente, tal y como establece el artº. 4.2 del Decreto 35/2002, de 8 de abril, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Canarias, del Reglamento 761/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), dispone que la adhesión al registro tendrá carácter voluntario.

Tercero.- El mencionado requerimiento no ha podido realizarse por ser desconocido el destinatario en la dirección que consta en el expediente.

Cuarto.- Tal y como establece el artº. 11.2.a) del Decreto 35/2002, de 8 de abril, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Canarias, del Reglamento 761/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), dispone que la adhesión al registro tendrá carácter voluntario, la Viceconsejería de Medio Ambiente suspenderá o cancelará la inscripción de una organización en el Registro EMAS, cuando no se presenten las actualizaciones validadas anuales de la declaración ambiental, en un plazo de tres meses a partir del momento en que se ha solicitado.

Quinto.- El artículo 11.4 del Decreto 35/2002, de 8 de abril, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Canarias, del Reglamento 761/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), establece que la Viceconsejería de Medio Ambiente dará trámite de audiencia a la organización interesada, antes de proceder a la suspensión o cancelación de su inscripción en el Registro EMAS, para que ésta presente las alegaciones que estime oportunas.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

La legislación aplicable al caso es la siguiente:

Primero.- Reglamento CE nº 1221/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).

Segundo.- El Decreto 35/2002, de 8 de abril, por el que se establece el procedimiento para la aplicación.

Tercero.- El Decreto 20/2004, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial (actual Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente), que establece en su artículo 27, que en materia de sistemas de gestión y auditoría medioambientales le corresponde al Director General de Calidad Ambiental (actual Director General de Protección de la Naturaleza) gestionar el Registro de Organizaciones Adheridas al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales.

Vistas las demás normas de general y pertinente aplicación.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder audiencia a la empresa Gestión de Proyectos Vecindario, S.L. por un plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución, al objeto de que presente sobre el asunto de referencia las alegaciones que estime procedentes.

Segundo.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de diciembre de 2010.- El Director General de Protección de la Naturaleza, Emilio Atiénzar Armas.

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