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BOC Nº 020. Viernes 28 de Enero de 2011 - 384

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

384 ORDEN de 11 de enero de 2011, por la que se delega en el Director del Servicio Canario de Empleo la autorización para la ampliación de los créditos que amparan gastos de personal.

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BOC-A-2011-020-384. Firma electrónica-Descargar

Visto lo dispuesto en el artículo 22.1.d) de la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011, según el cual corresponde a los titulares de los departamentos, la competencia para autorizar las ampliaciones con cobertura que amparan gastos de personal, simultáneamente a la baja que le da cobertura, en relación con los créditos mencionados en el artículo 56.1.e) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, a que se refiere el párrafo p) del apartado 2.1 del anexo 1 de la Ley 11/2010, los citados en el párrafo q) del apartado 2.1 del anexo 1 de dicha Ley y aquellos a que se refieren los párrafos a), y l) del apartado 2.1 del mismo anexo 1.

Visto que en el artículo 1 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, se adscribe este organismo autónomo al departamento competente en materia de trabajo, empleo y formación profesional ocupacional y continua de la Administración Pública de Comunidad Autónoma de Canarias, que corresponde a la Consejería de Empleo, Industria y Comercio según el artículo 1.a) del Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de dicha Consejería.

Considerando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, "el ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello".

Considerando, asimismo, lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Resultando, no obstante, que la atribución del ejercicio de dicha competencia a la Dirección del Servicio Canario de Empleo, que tiene otras funciones conexas en materia económico-presupuestaria, permitirá gestionar dichos créditos con mayor eficacia y agilidad.

Visto todo lo anterior y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Director del Servicio Canario de Empleo la competencia para resolver los expedientes de autorización de ampliación de créditos que amparan gastos de personal de dicho organismo autónomo a que se refiere el artículo 22.1.d) de la Ley 11/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011.

Segundo.- La delegación conferida por la presente Orden se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación.

Tercero.- Los actos que se adopten en el ejercicio de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas a todos los efectos por el órgano delegante.

Cuarto.- La delegación a que se refiere la presente Orden surtirá sus efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y durante el ejercicio presupuestario del año 2011.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de enero de 2011.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

María del Mar Julios Reyes.

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