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BOC Nº 004. Viernes 7 de Enero de 2011 - 98

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

98 Viceconsejería de Educación y Universidades.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 15 de diciembre de 2010, que acuerda la remisión del expediente administrativo en relación al recurso contencioso-administrativo nº 257/2010, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Santa Cruz de Tenerife, y emplaza a las personas interesadas en el mismo.

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BOC-A-2011-004-98. Firma electrónica-Descargar

Examinado el procedimiento iniciado por oficio del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, con fecha de entrada en esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 25 de noviembre de 2010 por el Procedimiento Abreviado en el recurso 257/2010, promovido por don Bernardo Manzano Pablos y catorce personas más, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14.7.98), y en cumplimiento de lo solicitado por dicho Juzgado, se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por el citado don Bernardo Manzano Pablo y otros, contra la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 4 de agosto de 2009, por la que se convoca el procedimiento para la adscripción a zonas y asignación de centros en la Inspección de Educación de la Comunidad Autónoma de Canarias y las Resoluciones posteriores que la desarrollan.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de los actos impugnados y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de las mismos, para que comparezcan y se personen en autos ante el referido Juzgado en el plazo de nueve días, siguientes a la publicación de la presente Resolución.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiéndose, no obstante, interponer el que se considere más oportuno a su derecho, si la persona interesada entendiese que se dan alguno de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de diciembre de 2010.- El Viceconsejero de Educación y Universidades, Gonzalo Marrero Rodríguez.

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