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BOC Nº 004. Viernes 7 de Enero de 2011 - 77

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

77 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 21 de diciembre de 2010, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 1 de octubre de 2010, que toma conocimiento de la Sentencia de 21 de marzo de 2005, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 416/2001, interpuesto por la Entidad Mercantil Rioleza, S.L., contra la Orden de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente de Canarias, por la que se aprobó definitivamente y de forma parcial la Revisión del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, y la toma de conocimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de diciembre de 2009, dictada en el recurso de casación nº 5445/2005.

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BOC-A-2011-004-77. Firma electrónica-Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 1 de octubre de 2010, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia de 21 de marzo de 2005, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 416/2001, interpuesto por la Entidad Mercantil Rioleza, S.L. contra la Orden de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, que aprueba definitivamente y de forma parcial la Revisión del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria. Y la toma de conocimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de diciembre de 2009, dictada en el recurso de casación nº 5445/2005, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de diciembre de 2010.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 1 de octubre de 2010 en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 21 de marzo de 2005 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 416/2001, interpuesto por la Entidad Mercantil Rioleza, S.L. contra la Orden de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, que aprobó definitivamente y de forma parcial la Revisión del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria y se suspendieron algunos sectores. Sentencia que estima dicho recurso. Sin que proceda imponer las costas.

Segundo.- Tomar conocimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de diciembre de 2009, dictada en el recurso de casación nº 5445/2005, por la que se declara:

1. Haber lugar al recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, contra la Sentencia de 21 de marzo de 2005, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (sección segunda), del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el recurso contencioso-administrativo nº 416/2001.

2. Desestimar el recurso contencioso-administrativo nº 416/2001, interpuesto por la representación procesal de Rioleza, S.L., contra la Orden de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, de 26 de diciembre de 2000, que aprobó definitivamente y de forma parcial la Revisión del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria, y Orden de 29 de febrero de 2001, por la que se completó la publicación de la Orden de 26 de diciembre de 2000, se corrigieron errores y se aclaró la misma en algunos aspectos. Sin imposición de las costas procesales.

Tercero.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y a la Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

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