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BOC Nº 004. Viernes 7 de Enero de 2011 - 75

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

75 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 21 de diciembre de 2010, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 1 de octubre de 2010, que toma conocimiento de la Sentencia de 18 de diciembre de 1995, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, confirmada por Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de mayo de 2001, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 775/1992 y acumulados 1139/1992 y 1387/1992, interpuesto por Plantasol, S.A. contra los Acuerdos del Ayuntamiento de El Sauzal de aprobación definitiva del Estudio de Detalle del Plan Parcial La Baranda y aprobación inicial del Plan Parcial Parque Colón y contra la desestimación presunta por el mismo Ayuntamiento de la aprobación inicial del Proyecto de Urbanización del Plan Parcial El Palmeral y desestimación presunta por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Canarias de la solicitud de publicación del Acuerdo de aprobación inicial del referido Proyecto de Urbanización.

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BOC-A-2011-004-75. Firma electrónica-Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 1 de octubre de 2010, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia de 18 de diciembre de 1995 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, confirmada por Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de marzo de 2001, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 775/1992, y acumulados 1139/1992 y 1187/1992 interpuesto por Plantasol, S.A. contra los Acuerdos del Ayuntamiento de El Sauzal de aprobación definitiva del Estudio de Detalle del Plan Parcial "La Baranda" y aprobación inicial del Plan Parcial "Parque Colón", y contra la desestimación presunta por el mismo Ayuntamiento de la aprobación inicial del Proyecto de Urbanización del Plan Parcial "El Palmeral", y desestimación presunta por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Canarias de la solicitud de publicación del Acuerdo de Aprobación inicial del referido Proyecto de Urbanización, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de diciembre de 2010.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 1 de octubre de 2010 en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 18 de diciembre de 1995 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, confirmada por Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de marzo de 2001, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 775/1992, y acumulados 1139/1992 y 1387/1992, interpuesto por Plantasol, S.A., contra los Acuerdos del Ayuntamiento de El Sauzal de aprobación definitiva del Estudio de Detalle del Plan Parcial "La Baranda" y aprobación inicial del Plan Parcial "Parque Colón", y contra la desestimación presunta por el mismo Ayuntamiento de la aprobación inicial del Proyecto de Urbanización del Plan Parcial "El Palmeral", y desestimación presunta por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Canarias de la solicitud de publicación del Acuerdo de Aprobación inicial del referido Proyecto de Urbanización, cuyo fallo estima parcialmente los recursos acumulados números 775/1992, 1139/1992, y 1387/1992 con las consecuencias siguientes:

A. Estimar el presente recurso, y, por consiguiente, anular por contrario a derecho el Acuerdo que aprobaba definitivamente el Estudio de Detalle de la Parcela B-2 del Plan Parcial "La Baranda", así como la resolución que presuntamente desestimaba el recurso interpuesto contra el anterior.

B. Desestimar el presente recurso en cuanto a la impugnación del Acuerdo que aprobaba inicialmente el Plan Parcial "Parque Colón".

C. Estimar el presente recurso en cuanto a la impugnación relativa a la desestimación presunta por el Ayuntamiento de El Sauzal y por la CUMAC de la solicitud formulada por la entidad demandante para la tramitación del Proyecto de Urbanización del Plan Parcial "El Palmeral", debiendo tramitarse tal proyecto por la CUMAC sin perjuicio de la resolución que, en su caso, pudiera recaer sobre la aprobación o no aprobación definitiva del mismo por otras razones distintas de la que ha sido examinada en el fundamento de derecho cuarto de esta Sentencia. Sin que proceda imponer las costas a ninguna de las partes.

Segundo.- Tomar conocimiento del Auto de 27 de mayo de 2010 del Tribunal Supremo que declara la inadmisión del recurso de casación interpuesto por Plantasol, S.A., contra el Auto de 13 de noviembre de 2007, confirmado en súplica por otro Auto de 29 de mayo de 2009 ambos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede en Santa Cruz de Tenerife, en ejecución de la Sentencia de 18 de diciembre de 1995, recaída en los recursos acumulados números 775/1992, 1139/1992 y 1387/1992, confirmada en casación por Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de marzo de 2001, resolución que se declara firme; con imposición a la parte recurrente de las costas procesales causadas en este recurso, señalándose como cantidad máxima a reclamar por la parte recurrida en concepto de honorarios de letrado la de 600 euros, señalados en el fundamento jurídico quinto.

Tercero.- Instar al Ayuntamiento de El Sauzal para que lleve a puro y debido efecto lo acordado en el fallo de la mencionada Sentencia firme de 18 de diciembre de 1995 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede en Santa Cruz de Tenerife, así como lo acordado en el Auto de 13 de noviembre de 2007, también declarado firme por Auto de 27 de mayo de 2010 del Tribunal Supremo procediendo a cumplimentar lo acordado en la parte dispositiva de ambas resoluciones judiciales.

Asimismo comunique a esta Consejería el funcionario responsable de la ejecución de las referidas resoluciones judiciales indicando su nombre, apellidos, D.N.I., y cargo, debiendo dar cuenta al Tribunal y a esta Consejería de la completa ejecución de las mismas todo ello de conformidad con los artículos 103 y 104 de la LJCA.

Cuarto.- Dar traslado al Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Occidental de esta Consejería a fin de que proceda a estampillar la diligencia de nulidad en la copia de la documentación que obra en esta Consejería y que se indica en el fallo de la presente Sentencia de 18 de diciembre de 1995.

Quinto.- Que por la Secretaría de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias se solicite a la Oficina Presupuestaria de esta Consejería la tramitación del pago a la Entidad Plantasol, S.A., de la cantidad solidariamente acordada en la parte dispositiva del reiterado Auto de 13 de noviembre de 2007.

Sexto.- Dar traslado a los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias a fin de que, una vez abonada a la entidad demandante Plantasol, S.A. la cantidad acordada por el reiterado Auto de 13 de noviembre de 2007, se tramite el abono a esta administración de la mitad de dicho importe por el Ayuntamiento de El Sauzal, por tratarse de una deuda solidaria entre ambas administraciones.

Asimismo se tramite el abono, por parte de la Entidad recurrente, Plantasol, S.A., de las costas procesales acordadas por el Tribunal Supremo en el mencionado Auto de 27 de mayo de 2010.

Séptimo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de El Sauzal, y a la Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

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