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BOC Nº 003. Miércoles 5 de Enero de 2011 - 45

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

45 Dirección General de Protección del Menor y la Familia.- Resolución de 27 de diciembre de 2010, por la que se efectúa convocatoria para el año 2011, de concesión de ayudas destinadas a familias en las que se produzcan partos múltiples de dos o más hijos.

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BOC-A-2011-003-45. Firma electrónica-Descargar

Por Orden de 30 de marzo de 2010 (BOC nº 70, de 12.4.10), se aprueban las bases, de vigencia indefinida, que han de regir en la concesión de las ayudas a familias en las que se produzcan partos múltiples.

En la base segunda del anexo de dicha Orden se establece que, anualmente y por delegación, el Titular de la Dirección General de Protección del Menor y de la Familia resolverá el procedimiento de concesión de ayudas, y publicará la convocatoria anual, estableciendo el importe de los créditos destinados a estas ayudas, su correspondiente aplicación presupuestaria, así como la fecha de publicación de las bases indefinidas en el Boletín Oficial de Canarias.

En atención a lo expuesto, a propuesta del Servicio de Planificación, Gestión y Administración de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia, en atención al Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Efectuar convocatoria para el año 2011, de concesión de ayudas destinadas a familias en las que se produzcan partos múltiples de dos o más hijos, cuyas bases de vigencia indefinida se aprueban por Orden de la Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda de fecha 30 de marzo de 2010 (BOC nº 70, de 12 de abril).

Segundo.- El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante todo el ejercicio 2011, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, quedando sujetas las resoluciones de concesión en todo caso, a la existencia de crédito adecuado y suficiente para hacer frente al coste de las ayudas en el presente ejercicio y a la Orden por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2011 en relación con la contabilidad de los gastos e ingresos públicos.

Tercero.- El importe de los créditos presupuestarios que ha de financiar la presente convocatoria, asciende a la cantidad de novecientos mil (900.000,00) euros, con cargo a la línea de actuación que se relaciona a continuación:

- 23.08.231H.480.00-LA.23437402, Ayudas a familias en las que se produzcan partos múltiples: 900.000,00 euros.

Los créditos previstos en el apartado anterior se podrán incrementar, sin que su aplicación a la concesión de ayudas requiera una nueva convocatoria. Sometiendo la presente Resolución a la condición suspensiva de la existencia del crédito adecuado y suficiente para el ejercicio 2011.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, a elección del interesado, recurso potestativo de reposición ante la titular de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la referida publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

De optarse por la interposición del recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de diciembre de 2010.- La Directora General de Protección del Menor y de la Familia, Carmen Steinert Cruz.

Ver anexo en las páginas 279-280 del documento Descargar

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