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BOC Nº 256. Jueves 30 de Diciembre de 2010 - 7194

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

7194 Dirección General de Comercio y Consumo.- Resolución de 27 de diciembre de 2010, por la que se conceden subvenciones a proyectos de equipamientos complementarios y desarrollo de la gestión y promoción de zonas comerciales abiertas de Canarias, convocadas mediante Orden de 13 de mayo de 2010 (BOC nº 100, de 24.5.10), de acuerdo a las bases reguladoras aprobadas por Orden de 28 de abril de 2010, para el período 2010-2015, para la concesión de subvenciones a proyectos de equipamientos complementarios y desarrollo de la gestión y promoción de zonas comerciales abiertas de Canarias (BOC nº 90, de 10.5.10).

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BOC-A-2010-256-7194. Firma electrónica-Descargar

Examinadas las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la Orden de 28 de abril de 2010, por la que se aprueban para el período 2010-2015 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de Equipamientos complementarios y desarrollo de la gestión y promoción de zonas comerciales abiertas de Canarias (BOC nº 90, de 10.5.10) y convocadas mediante Orden de 13 de mayo de 2010 (BOC nº 100, de 24.5.10).

Visto el informe-propuesta de concesión formulado por la Comisión formada a tal efecto, reunida con fecha 16 de noviembre de 2010.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de 28 de abril de 2010, se aprueban para el período 2010-2015 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de Equipamientos complementarios y desarrollo de la gestión y promoción de zonas comerciales abiertas de Canarias (BOC nº 90, de 10.5.10), convocadas mediante Orden de 13 de mayo de 2010 (BOC nº 100, de 24.5.10).

Segundo.- Las bases específicas de las bases reguladoras antedichas establecen dos tipos de proyectos:

I.- PROYECTOS DE EQUIPAMIENTOS COMPLEMENTARIOS A LAS ZONAS COMERCIALES ABIERTAS DE CANARIAS: cuyos beneficiarios son los Ayuntamientos, así como los Organismos de Gestión que tengan encomendadas las competencias para llevar a cabo las actuaciones subvencionables establecidas en las presentes bases.

II.- PROYECTOS PARA EL DESARROLLO DE LA GESTIÓN Y LA PROMOCIÓN DE LAS ZONAS COMERCIALES ABIERTAS DE CANARIAS: cuyos beneficiarios son las Organizaciones Empresariales más representativas y/o los Organismos de Gestión de las Zonas Comerciales Abiertas con personalidad jurídica propia.

Tercero.- El plazo de presentación de solicitudes se extendió durante un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la Orden de 13 de mayo de 2010, por la que se aprueba la convocatoria de la anualidad 2010 para la concesión de subvenciones a proyectos de Equipamientos complementarios y desarrollo de la gestión y promoción de zonas comerciales abiertas de Canarias.

Cuarto.- Por Resolución del Director General de Comercio de 5 de julio de 2010, se requirió a los interesados por cada tipo de proyecto, al objeto de que procedan a la subsanación de las solicitudes o acompañen los documentos preceptivos fijados en la Orden de 13 de mayo de 2010, que convoca las subvenciones a proyectos de proyectos de Equipamientos complementarios y desarrollo de la gestión y promoción de zonas comerciales abiertas de Canarias (BOC nº 139, de 16.7.10).

Quinto.- Con fecha 31 de agosto de 2010, se nombran los miembros de la comisión técnica de evaluación a la que se refiere el apartado 1 del artículo 22 y el apartado 4 del artículo 24, ambos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y se reúnen en esta misma fecha emitiendo informe-propuesta en el que se concreta la evaluación efectuada de las solicitudes de subvención presentadas.

Sexto.- Con fecha 22 de septiembre de 2010, el órgano instructor, a la vista del informe de Evaluación, eleva la propuesta de resolución provisional al Director General de Comercio.

Séptimo.- Con fecha 18 de octubre de 2010, se dicta Resolución Provisional de concesión por la que se conceden provisionalmente subvenciones a beneficiarios relacionados en anexo I, se desestiman solicitudes en anexo II y se establece lista de reserva en anexo III.

Octavo.- Con fecha 16 de noviembre de 2010, se reunió el órgano colegiado para estudiar las reformulaciones presentadas, emitiendo informe en el que se acuerda la aceptación de las mismas, respetando el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos.

Noveno.- El 16 de noviembre de 2010, el órgano instructor eleva al Director General de Comercio y Consumo la Propuesta de Concesión de la convocatoria de subvenciones.

Décimo.- Por Orden de la Consejera de Empleo, Industria y Comercio de fecha 25 de noviembre de 2010, se corrige determinado error advertido en la Orden de 28 de abril de 2010, por la que se aprueban para el período 2010-2015 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de equipamientos complementarios y desarrollo de la gestión y promoción de zonas comerciales abiertas de Canarias.

A los citados antecedentes les son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Orden de la Consejera de Empleo, Industria y Comercio nº 976/10, de 22 de noviembre de 2010 (BOC nº 236, de 30.11.10), delega en el Director General de Comercio y Consumo, la competencia para resolver el procedimiento de la presente convocatoria.

Segundo.- La presente Resolución de concesión se dicta de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo determinado en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y en las Bases Reguladoras que rigen la convocatoria, aprobadas mediante Orden de 28 de abril de 2010 (BOC nº 90, de 10.5.10).

Tercero.- La presente Resolución de concesión se dicta con cargo a los créditos consignados en las siguientes aplicaciones del Presupuesto de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio para el año 2010 para cada tipo de proyecto:

I.- EQUIPAMIENTOS COMPLEMENTARIOS A LAS ZONAS COMERCIALES ABIERTAS DE CANARIAS: 15-05-622D-750.00, P.I. 00715900 "EQUIPAMIENTOS COMERCIALES DE CARÁCTER SOCIAL", conforme a la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2010 (BOC nº 255, de 31.12.09), por importe de seiscientos mil (600.000,00) euros. Esta partida presupuestaria está cofinanciada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través del Plan de Mejora de la Productividad y Competitividad del Comercio 2009-2012 en un 40% importe que a su vez tiene previsto financiar el Ministerio a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) mediante el eje 2 de programa operativo de Desarrollo e Innovación Empresarial.

II.- DESARROLLO DE LA GESTIÓN Y LA PROMOCIÓN DE LAS ZONAS COMERCIALES ABIERTAS DE CANARIAS: 15-05-622D-480.00, P.I.15413802 "GESTIÓN DE CENTROS COMERCIALES ABIERTOS", conforme a la Ley 13/2009, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2010 (BOC nº 255, de 31.12.09), por importe de trescientos sesenta mil (360.000,00) euros. Esta partida presupuestaria está cofinanciada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través del Plan de Mejora de la Productividad y Competitividad del Comercio 2009-2012 en un 40%, importe que a su vez tiene previsto financiar el Ministerio a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) mediante el eje 2 de programa operativo de Desarrollo e Innovación Empresarial.

Cuarto.- La concesión de la presente convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Quinto.- La base octava de las bases reguladoras en su punto 8 dispone lo relativo a la reformulación de solicitudes, y en apartado 8.2 "... la existencia de un remanente de crédito debido a la renuncia de alguna entidad beneficiaria ..., cuando dichos remanentes sean inferiores al coste de la actividad realizada por la primera entidad que conforme la Lista de Reserva".

Sexto.- La base octava de las bases reguladoras en su punto 9 dispone: "... La Resolución será notificada a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias ...". y en el párrafo 2º dispone : "En el supuesto de que en la resolución de concesión se hubiesen incluido a solicitantes que no hubieran resultado beneficiarios en la propuesta de Resolución provisional, se les concederá un plazo de 15 días hábiles para que presenten la aceptación expresa de la subvención ...". "Los solicitantes que hubieran aceptado la Propuesta de Resolución provisional no deberán presentar nueva aceptación".

Séptimo.- En los trámites seguidos para la iniciación, instrucción y resolución del procedimiento ha sido observada la normativa de aplicación contenida en las bases reguladoras.

En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente:

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder las subvenciones a los beneficiarios relacionados en el anexo I-A de la presente Resolución, por las cuantías establecidas en el mismo.

Segundo.- Conceder las subvenciones a los beneficiarios relacionados en el anexo I-B de la presente Resolución, por las cuantías establecidas en el mismo.

Tercero.- Desestimar las solicitudes de subvención contenidas en el anexo II, por los motivos que se consignan en dicho anexo.

Cuarto.- Establecer la lista de reserva reseñada en el anexo III.

Quinto.- Aprobar los anexos IV y V de aceptación y de abono anticipado.

Sexto. - Los beneficiarios relacionados en el anexo I-B disponen de un plazo de 15 días contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución para aceptar la subvención concedida. Para ello cumplimentarán y presentarán ante la Dirección General de Comercio y Consumo, el modelo de aceptación (anexo IV). En caso de que no se otorgue la aceptación dentro del plazo concedido se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

Séptimo.- Modificar los plazos de realización y justificación de los proyectos subvencionados, anexos I-A y B, ampliándose hasta el 30 de diciembre de 2010, salvo que se haya solicitado y autorizado el abono anticipado en los términos indicados en las bases, en cuyo caso quedarán ampliados los plazos hasta el 20 de junio y 30 de junio de 2011, respectivamente.

Octavo.- Modificar el plazo de presentación de solicitud de abono anticipado (anexo V), quedando ampliado hasta el 30 de diciembre de 2010.

Noveno.- El beneficiario deberá adecuar las medidas de difusión al objeto subvencionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

En el desarrollo de la actividad subvencionada se hará referencia en todo momento a la financiación del Gobierno de Canarias, Consejería de Empleo, Industria y Comercio, Dirección General de Comercio y Consumo, y al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, debiendo aparecer en su caso, los anagramas de los mismos atendiendo a la normativa vigente sobre identidad corporativa gráfica del Gobierno de Canarias.

Décimo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web corporativa del Gobierno de Canarias, tal como se prevé en la base 8ª de la Orden de 28 de abril de 2010.

Undécimo.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de diciembre de 2010.- El Director General de Comercio y Consumo, Arturo Cabrera González.

Ver anexo en las páginas 32934-32972 del documento Descargar

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