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BOC Nº 252. Viernes 24 de Diciembre de 2010 - 7098

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

7098 Secretaría General Técnica.- Resolución de 25 de noviembre de 2010, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en materia de personal en el Jefe de Servicio de Personal y Régimen Interior.

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BOC-A-2010-252-7098. Firma electrónica-Descargar

El Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, en su artículo 15, atribuye en su apartado 6º a las Secretarías Generales Técnicas, bajo la dependencia directa del Consejero, la dirección de la política de personal del Departamento, señalando las competencias que asumen en relación con el mismo.

Considerando que razones de agilidad y eficacia aconsejan que el ejercicio de algunas de las competencias de esta Secretaría General Técnica en materia de personal sean delegadas en el Jefe de Servicio de Personal y Régimen Interior de este Centro Directivo, en cuanto responsable inmediato de le gestión de personal.

Con esta finalidad, y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 31, párrafo 3º, de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, conforme al cual el ejercicio de competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello, en relación con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En su virtud, y en el marco de las facultades atribuidas a esta Secretaría General Técnica en el artículo 7 del Decreto 5/2005, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Sanidad, en relación con el Decreto 212/1991, anteriormente citado,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Jefe de Servicio de Personal y Régimen Interior de esta Secretaría General Técnica, el ejercicio de las competencias en materia de personal que a continuación se relacionan:

1. Respecto del personal funcionario (y eventual, en su caso).

a) Formalizar las tomas de posesión y diligencias de cese.

b) Reconocimiento de trienios y servicios previos.

c) Declaración de consolidación y conservación de grado personal.

d) Propuesta de cambio de situación administrativa.

2. Respecto del personal laboral.

a) Formalizar las altas y bajas del personal.

b) El reconocimiento de antigüedad.

c) El reconocimiento de servicios prestados.

d) Propuestas de reingreso.

3. Respecto de la totalidad del personal.

a) Las propuestas de anotación en el Registro de Personal de titulaciones académicas y títulos o diplomas de formación oficial, premios, sanciones, condecoraciones, etc.

b) La comunicación al Registro de Personal de los actos y resoluciones relativas al personal que se adopten por los órganos del Departamento y que estén sujetos a preceptiva anotación registral, conforme a la normativa reguladora de dicho Registro.

c) Las resoluciones de adaptación de puestos de trabajo como consecuencia de la aprobación de las modificaciones en la relación de puestos de trabajo del Departamento.

d) Resolver sobre licencias, permisos y vacaciones del personal de las unidades administrativas adscritas directamente a la Secretaría General Técnica.

e) Resolver sobre las jubilaciones.

Segundo.- La delegación del ejercicio de las competencias en materia de personal relacionadas en el apartado primero de la presente Resolución se entenderá referida al Jefe de Servicio de Estudios y Normativa en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante del Jefe de Servicio de Personal y Régimen Interior.

Asimismo, se delegan en el Jefe de Servicio de Estudios y Normativa dichas funciones cuando deban ser ejercidas respecto del Jefe de Servicio de Personal y Régimen Interior.

Tercero.- Los actos y resoluciones que se adopten en virtud de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia, y se considerarán dictadas por esta Secretaría General Técnica.

Cuarto.- Esta delegación entrará en vigor el día de su publicación, dejando sin efectos la Resolución de 4 de abril de 2005 (BOC nº 75, de 18.4.05).

Quinto.- La presente delegación se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, pudiendo ser ejercidas las facultades de avocación y revocación en cualquier momento.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de noviembre de 2010.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Pérez Ojeda.

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