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BOC Nº 249. Martes 21 de Diciembre de 2010 - 7014

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

7014 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 7 de diciembre de 2010, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 23 de noviembre de 2010, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia de 7 de junio de 2005, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 1293/2000, interpuesto contra la Orden de 25 de mayo de 2000, que estima el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 29 de febrero de 1990, por el que se aprobaron las Normas Subsidiarias de Santa Brígida (Gran Canaria).

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BOC-A-2010-249-7014. Firma electrónica-Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 23 de noviembre de 2010, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia de 7 de junio de 2005, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 1293/2000, interpuesto contra la Orden Departamental de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, de 25 de mayo de 2000, que estima el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 29 de febrero de 1999, por el que se aprobaron las Normas Subsidiarias de Santa Brígida, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de diciembre de 2010.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 23 de noviembre de 2010, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 7 de junio de 2005, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 1293/2000, interpuesto por la Asociación de Vecinos La Viña, contra la Orden Departamental de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, de 25 de mayo de 2000, que estima el recurso de reposición interpuesto contra el Acuerdo de la CUMAC de 29 de febrero de 1990, por el que se aprobaron las NN.SS. de Santa Brígida, en el particular referido a la localización de determinados equipamientos en la zona de Monte Lentiscal, en el sentido de modificar la ordenación de la zona. Orden que queda anulada por no ser conforme a derecho. Sin pronunciamiento sobre las costas.

Segundo.- Tomar conocimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de enero de 2010, por la que se declara que no ha lugar, y por tanto, desestimamos el recurso de casación nº 6578/2005, interpuesto por doña Marta Brosa Quintana, contra la Sentencia dictada en fecha 7 de junio de 2005, en su recurso nº 1293/2000 de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria. Condenando a la Sra. Brosa Quintana en las costas de la casación. La Sra. Brosa Quintana podrá impugnar directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa la aprobación definitiva de las NN.SS. de Santa Brígida de 29 de febrero de 1990 en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación de esta sentencia.

Tercero.- Instar al Ayuntamiento de Santa Brígida para que lleve a puro y debido efecto lo acordado en la Sentencia de 7 de junio de 2005, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y en base al Fallo de la misma, proceda a ordenar, la correspondiente modificación del planeamiento municipal, dando traslado a esta Consejería de dos copias de los documentos corregidos en el mismo formato y escala que la copia de las NN.SS. que obra en esta administración, a fin de proceder a su sustitución.

Asimismo comunique a esta Consejería el funcionario responsable de la ejecución de la referida resolución judicial indicando su nombre, apellidos, D.N.I., y cargo, debiendo dar cuenta al Tribunal y a esta Consejería de la completa ejecución de la sentencia, todo ello de conformidad con los artículos 103 y 104 de la LJCA.

Cuarto.- Dar traslado al Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Oriental de esta Consejería a fin de que, hasta tanto el Ayuntamiento de Santa Brígida nos remita la documentación corregida, proceda a identificar en la copia del documento de las NN.SS. obrante en esta Administración, los planos y normativa afectados por la referida Sentencia de 7 de junio de 2005, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con objeto de estampillar en los mismos, la correspondiente diligencia de nulidad.

Quinto.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado a la Sala Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Santa Brígida, a la Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, y al Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Oriental de esta Consejería.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

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