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BOC-A-2010-243-6857.
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D./Dña. María José Oliva Rodrigo, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
"SENTENCIA
En San Bartolomé de Tirajana, a 15 de noviembre de 2010.
Vistos por D. Juan Carlos Socorro Marrero, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de San Bartolomé de Tirajana, los presentes autos de Juicio Ordinario sobre ineficacia contractual, seguidos ante este Juzgado bajo el nº 909 del año 2008, a instancia de D. Andreas Tonn y Dña. Christa Tonn, representados por el Procurador Sr. Martín Herrera y defendidos por los Letrados Sres. Schomerus y Jiménez Díaz, contra "Viajes Sonnentravel, S.L." y "Forin Maspalomas, S.L.", en rebeldía, y contra D. Ernst Helmut, representado por la Procuradora Sra. Quesada Rodríguez y defendido por el Letrado Sr. Cabrera Marrero."
(...)
"FALLO
Habiendo desistido D. Andreas Tonn y Dña. Christa Tonn de la acción que dirigieron frente a D. Ernst Helmut, se estima la demanda interpuesta por aquéllos contra "Viajes Sonnentravel, S.L." y "Forin Maspalomas, S.L.". En consecuencia:
1º) Declaro nulo el contrato celebrado el día 21 de marzo de 2007 entre D. Andreas Tonn y Dña. Christa Tonn y "Viajes Sonnentravel, S.L." (contrato nº "6253S-5").
2º) Condeno a "Viajes Sonnentravel, S.L." y a "Forin Maspalomas, S.L." a pagar solidariamente a D. Andreas Tonn y Dña. Christa Tonn la suma de mil ochocientos (1.800) euros, los intereses de esta cantidad calculados desde la fecha de la presentación de la demanda, y las costas de este juicio.
- Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, previa la constitución en su caso, mediante consignación en la cuenta de este Juzgado, del depósito legalmente establecido (Disposición Adicional Decimoquinta 3.b) de la L.O.P.J., según la modificación operada por la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre)."
Y para que sirva de notificación a los demandados en rebeldía y en paradero desconocido Viajes Sonnentravel, S.L. y Forin Maspalomas, S.L. expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 17 de noviembre de 2010.- El/la Secretario Judicial.
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