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BOC-A-2010-242-6838.
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Conforme establece el Decreto Territorial 277/1990, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Canarias, modificado por el Decreto Territorial 16/1992, de 7 de febrero, se hace público el censo provisional de profesionales Educadoras y Educadores Sociales ejercientes en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, por el período de quince días, para posibles alegaciones, que deberán ser presentadas ante esta Viceconsejería de Administración Pública, bien en su registro en Santa Cruz de Tenerife (Edificio de Usos Múltiples II, 2ª planta, Avenida José Manuel Guimerá, nº 8) o bien en el de Las Palmas de Gran Canaria (Edificio Óvalum, planta baja, calle León y Castillo, nº 74).
CENSO PROVISIONAL DE EDUCADORAS Y EDUCADORES SOCIALES EJERCIENTES EN CANARIAS.
Al alegar los firmantes promotores de la constitución del Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales de Canarias que no hay ningún miembro dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, no hay interesados incluidos en el censo provisional de Educadoras y Educadores Sociales de Canarias en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de noviembre de 2010.- El Viceconsejero de Administración Pública, Juan Manuel Santana Pérez.
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