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BOC-A-2010-242-6836.
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Visto lo dispuesto por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, en el Procedimiento Ordinario nº 545/2010, promovido por ASECOCAL, mediante oficio que dispone la remisión del expediente administrativo y el requerimiento de emplazar a los posibles interesados en el mismo.
En cumplimiento de lo dispuesto por la citada autoridad judicial, y conforme a lo establecido en los artículos 48.7 y 49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 8.3.b) del Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y de funcionamiento del Servicio Canario de Empleo, en relación con el artículo 9 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria del expediente administrativo relativo al Procedimiento Ordinario nº 0000545/2010, NIG 3501645320100003314, seguido contra la Orden nº 400, de 27 de mayo de 2010, del Presidente del SCE, por la que se resuelve el recurso de alzada interpuesto por la citada entidad contra la resolución del Director del SCE, de 30 de diciembre de 2009, por la que se conceden subvenciones públicas para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadoras/es ocupados, incluidas en los planes de formación a ejecutar mediante convenio, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE).
Segundo.- Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos de lo establecido en el artículo 49 de la LJCA, respecto al emplazamiento de los interesados en el Procedimiento Ordinario nº 0000545/2010, NIG 3501645320100003314, expuesto con anterioridad, a fin de comparecer ante dicho Juzgado en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución, en legal forma.
Santa Cruz de Tenerife, a 24 de noviembre de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.
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