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BOC Nº 239. Viernes 3 de Diciembre de 2010 - 6764

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

6764 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 15 de noviembre de 2010, del Director, relativo a notificación de la Resolución por la que se declara justificada parcialmente la subvención concedida a la entidad Paldialma Gran Canaria, S.L.L.- Expte. 06-35/01297.

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BOC-A-2010-239-6764. Firma electrónica-Descargar

Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación de la citada Resolución de justificación total en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que con fecha 18 de junio de 2010 fue registrado de salida el documento del tenor literal siguiente:

Visto el expediente de referencia, en aplicación de la normativa vigente, resulta los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que por Resolución nº 06-35/3220 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 27 de noviembre de 2006 se concedió a la citada entidad una subvención de las previstas en el programa "Incorporación de socios trabajadores o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales", de la Resolución de 12 de junio de 2006, de la Presidenta, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento de la economía social cofinanciadas por el FSE con cargo a la medida denominada "Favorecer la generación de nueva actividad que permita la creación de empleo" establecida en el Programa Operativo Integrado de Canarias 2000-2006 y se establece la convocatoria para el año 2006 (BOC nº 119, de 21.6.06), por importe de doce mil quinientos (12.500,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.01.322I.470.00 L.A./P.I. 23406502, denominación Acciones para favorecer la generación de nueva actividad que permita la creación de empleo.

Segundo.- Asimismo la entidad beneficiaria venía obligada a justificar la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad objeto de la subvención mediante la aportación de la documentación reseñada en el resuelvo número quinto de la citada Resolución y en los mismos términos en la base 12ª de la Resolución de 12 de junio de 2006, de la Presidenta, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento de la economía social cofinanciadas por el FSE con cargo a la medida denominada "Favorecer la generación de nueva actividad que permita la creación de empleo" establecida en el Programa Operativo Integrado de Canarias 2000-2006 y se establece la convocatoria para el año 2006 (BOC nº 119, de 21.6.06).

Tercero.- Que la entidad aportó la documentación justificativa respecto a la primera, sin que justificase los períodos correspondientes a la segunda y tercera anualidad, lo que conllevó la tramitación del correspondiente expediente de reintegro.

A los citados hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Director del Servicio Canario de Empleo es competente para dictar la presente resolución de justificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC de 28 de abril), en relación con lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Examinada la documentación presentada y a la vista de los informes de la Intervención delegada y del Centro Gestor procede declarar justificada parcialmente la subvención de referencia, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 36 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, ya citado, así como someterse a las actuaciones del control financiero que será ejercido por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias y por la Audiencia de Cuentas de Canarias, con independencia de las que pueda efectuar, en su caso, la Comisión y el Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas, en el supuesto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo resultado de los cuales pudieran generase nuevos incumplimientos.

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar justificada parcialmente la subvención concedida por importe siete mil cuatrocientas noventa y siete euros con setenta y dos céntimos (7.497,72 euros) a la entidad Paldialma Gran Canaria, S.L.L. mediante Resolución nº 06-35/3220 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 27 de noviembre de 2006, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 36 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo ya citado, así como a las de control financiero que correspondan a la Intervención General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Canarias, con independencia de las que pueda efectuar, en su caso, el Tribunal de Cuentas del Estado y la Audiencia de Cuentas de Canarias, así como la Comisión y el Tribunal de Cuentas de la Unión Europea en el supuesto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, consecuencia de los cuales pudieran derivarse nuevos incumplimientos.

Segundo.- Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artº. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de noviembre de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.

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