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BOC Nº 220. Martes 9 de Noviembre de 2010 - 6174

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 (Antiguo mixto nº 1) de San Cristóbal de La Laguna

6174 EDICTO de 1 de junio de 2010, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal nº 0001164/2009.

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BOC-A-2010-220-6174. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. María Candelaria Trujillo Luis, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 1 (Antiguo mixto nº 1) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En La Laguna, a uno de junio de dos mil diez.

Vistos por mí, Dña. Eva Esther Juárez Fernández, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de La Laguna, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el nº 1164/2009 sobre reclamación de cantidad, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Dña. Elena Lara Rodríguez, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Residencial Universidad Portal 3 y 4, contra D. Carlos Bacallado González, debo condenar y condeno a D. Carlos Bacallado González a abonar a la parte actora la suma de mil ochocientos treinta y ocho euros con noventa céntimos (1.838,90 euros), más intereses legales desde la interpelación judicial; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que se preparará en el plazo de cinco días ante este Juzgado, desde su notificación. Para la admisión a trámite del recurso será necesario haber consignado previamente en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado el depósito de cincuenta euros.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Carlos Bacallado González, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 1 de junio de 2010.- El/la Secretario Judicial.

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