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BOC-A-2010-214-6017.
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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (BOE nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (BOC nº 249, de 14.12.07), se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación empresarial que se detalla:
DENOMINACIÓN: Asociación Profesional de Artesanos Creativos de Tenerife, CREARTE.
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: calle Pedro Felipe, 39, Tacoronte, Tenerife.
ÁMBITO PROFESIONAL: podrán ser miembros de la Asociación:
- Las personas físicas, con capacidad de obrar, no sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho de asociación.
- Los menores no emancipados de más de catorce años con el consentimiento, documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad.
- Las personas jurídicas.
- Los artesanos con carné de artesano en vigor y expedido por el Cabildo de Tenerife.
- Los artesanos dados de alta en régimen de Autónomo, en trámite y jubilados.
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN:
Ver anexo en la página 27614 del documento Descargar
Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días contados a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de octubre de 2010.- El Director General de Trabajo, la Jefa de Servicio de Apoyo, Coordinación, Diálogo Social y Gestión Económica (Orden nº 777, de 21.9.10), Isabel León Villalobos.
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