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BOC Nº 210. Lunes 25 de Octubre de 2010 - 5809

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

5809 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 1 de octubre de 2010, del Director, por la que se conceden subvenciones del programa de fomento de la empleabilidad Trabajoven (período 1º).

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Examinadas las solicitudes de subvención presentadas por las entidades que figuran en el anexo I que acompaña a la presente Resolución, al amparo de la Resolución nº 10/0044, de 21 de junio de 2010 (BOC nº 127, de 30.6.10), del Presidente, por la que se modifica, en el marco del Plan Canarias Emplea, el programa de fomento de la empleabilidad "Trabajoven" -modificada por la Resolución nº 10/0060, de 16 de agosto de 2010 (BOC nº 169, de 27.8.10)- y se aprueba la convocatoria del mismo para el ejercicio 2010, y a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante la citada Resolución de 21 de junio de 2010, se modifica, en el marco del Plan Canarias Emplea, el programa de fomento de la empleabilidad "Trabajoven" y se aprueba la convocatoria del mismo para el ejercicio 2010.

Segundo.- El primer plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria abierta se extendió hasta el 10 de julio de 2010, según lo consignado en el resuelvo 3º.2 de la Resolución de 21 de junio de 2010, habiéndose presentado las solicitudes que se recogen en el anexo I de la presente Resolución.

Tercero.- La Subdirección de Empleo, como órgano competente para la instrucción del expediente, de acuerdo a lo establecido en la base 8ª de la citada Resolución de 21 de junio, realizó de oficio, todas las comprobaciones de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

Cuarto.- Con fecha 9 de agosto de 2010, se reunió el órgano colegiado al que se refiere el apartado 1 del artículo 22 y el apartado 4 del artículo 24, ambos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el artículo 16.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, emitiendo informe en el que se concreta la evaluación efectuada de las solicitudes de subvención presentadas, sin ser necesario proceder a la baremación de los mismos por cuanto existe crédito suficiente para atender todas las solicitudes.

Quinto.- Con fecha 11 de agosto de 2010 (BOC nº 167, de 25.8.10) se dicta la correspondiente Propuesta de Resolución Provisional del primer período de esta convocatoria; en dicha propuesta se insta a las entidades beneficiarias a la presentación de la aceptación de la subvención concedida.

A los citados antecedentes les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es el Director del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC nº 80, de 28.4.03).

Segundo.- La presente Resolución se dicta al amparo del artº. 18 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- La presente Resolución se dicta con cargo a los créditos consignados en la Aplicación 2010.50.01.322-H.470.00.00 PILA 50400015 "Plan Canarias Emplea".

Cuarto.- La concesión de la presente convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y el Capítulo II del Decreto 36/2009, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Quinto.- En los trámites seguidos para la iniciación, instrucción y resolución del procedimiento ha sido observada la normativa de aplicación.

En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder las subvenciones a las entidades relacionadas en el anexo II de la presente Resolución, con cargo a la aplicación presupuestaria 2010.50.01.322-H.470.00.00 PILA 50400015 "Plan canarias Emplea".

Segundo.- No estimar las solicitudes de subvención contenidas en el anexo III, por los motivos que se consignan en dicho anexo.

Tercero.- Conforme a lo establecido en las bases 6ª y 11ª del programa, ordenar el primer pago de las cuantías concedidas a cada entidad beneficiaria una vez transcurridos los seis primeros meses de vigencia de cada contrato.

El importe restante de la subvención se abonará dentro del mes inmediatamente siguiente al de cada uno de los siguientes trimestres de vigencia del contrato.

Notificar la presente Resolución a los interesados en el expediente, con la indicación de que contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Esta Resolución Definitiva ha sido adoptada en Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.

Ver anexo en las páginas 27054-27056 del documento Descargar

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