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BOC Nº 207. Miércoles 20 de Octubre de 2010 - 5730

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 (Antiguo mixto nº 8) de Arona

5730 EDICTO de 28 de mayo de 2010, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000113/2007.

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BOC-A-2010-207-5730. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. María Esmeralda González Expósito, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 (Antiguo mixto nº 8) de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

"JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº SIETE DE ARONA

PROCEDIMIENTO: Juicio Ordinario nº 113/2007.

PARTE DEMANDANTE: María Teresa Fernández Fernández. PROCURADOR: Ángel Oliva Tristán.

PARTE DEMANDADA: Elisabeth Anne Brandl y herederos.

SENTENCIA

En Arona, a seis de abril de dos mil diez.

Vistos por el Ilmo. Sr. don Nelson Díaz Frías, Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Siete de los de esta localidad los autos de Juicio Ordinario seguidos con el nº 113/07, a instancia de doña María Teresa Fernández Fernández, representada por el procurador don Ángel Oliva Tristán y asistida por el letrado don José Eduardo González Núñez, contra doña Elisabeth Anne Brandl y sus herederos don Kurt Brandl y doña Irene Wilhelm, en situación procesal de rebeldía."

"FALLO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el procurador don Ángel Oliva Tristán Fernández, en representación de doña María Teresa Fernández Fernández, contra los herederos de doña Elisabeth Anne Brandl, condenando a estos últimos a que abonen a la actora la suma de 9.738,17 euros, más los intereses legales de dicha cantidad, debiendo cada parte abonar las costas procesales causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabrá interponer recurso de apelación, para ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para los autos, quedando el original en el Libro de sentencias de este Juzgado, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Sr. Magistrado Juez que la dictó estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe."

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Elisabeth Anne Brandl, expido y libro el presente en Arona, a 28 de mayo de 2010.- El/la Secretario Judicial.

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