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BOC Nº 202. Miércoles 13 de Octubre de 2010 - 5630

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V. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de La Palma

5630 ANUNCIO de 20 de septiembre de 2010, sobre notificación de incoación de expedientes sancionadores en materia de infracciones administrativas de transportes.

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BOC-A-2010-202-5630. Firma electrónica-Descargar

Providencia de 20 de septiembre de 2010, de la Consejera Delegada de Turismo y Transporte del Excmo. Cabildo Insular de La Palma relativo a notificación de incoación de expedientes sancionadores por infracciones a la normativa sobre transportes terrestres que se relacionan.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4, de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan, los cargos especificados en el expediente que les ha sido incoado por la Consejera Delegada de este Cabildo Insular por infracción administrativa contemplada en la normativa reguladora de los transportes terrestres.

El Cabildo Insular de La Palma tiene atribuida la competencia en materia de transportes terrestres que le ha sido transferida por la Disposición Adicional Primera, letra l), de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, ejerciendo esta Consejera Delegada las atribuciones que le confiere tanto el artº. 19.1.ñ) del Reglamento Orgánico de Gobierno, Administración y Funcionamiento del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, como el artículo 10.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Se ha nombrado Instructor de los expedientes a D. Esteban René García Quesada, que podrá ser recusado conforme a los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, los interesados dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación del presente anuncio, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes, o proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse, con la advertencia de que, no presentar alegaciones a la resolución de iniciación, ésta podrá ser considerada propuesta de resolución. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, el plazo máximo en que deberá notificarse la resolución del procedimiento sancionador será de un año, contado desde la fecha de iniciación.

Puede Vd. reconocer voluntariamente su responsabilidad y hacer efectivo el importe de la sanción en el plazo de quince días siguientes al de la notificación, en cuyo caso la cuantía de la misma se reducirá en un 25%, todo ello de conformidad con lo establecido en el artº. 112.6 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.

El importe de la citada multa podrá abonarlo en período voluntario mediante transferencia a la cuenta corriente de la entidad CajaCanarias nº 2065 0711 82 1111002153, o directamente en la Oficina Auxiliar de Recaudación de este Cabildo Insular, sita en la calle OÕDaly, nº 50, de Santa Cruz de La Palma, y cuyo resguardo deberá aportar en el Servicio de Transporte de esta Corporación.

1. EXPTE.: TF/50005/O/2010; TITULAR: Movimiento Insular de Paquetería, S.L.; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: 6471-FDD; FECHA DENUNCIA: 16 de diciembre de 2009; INFRACCIÓN: artículos 12.a), 60.1 y 105.30, en relación con el artº. 104.1.9 LOTCC; Decreto 6/2002; CUANTÍA: 1.501,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 108.f) LOTCC; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de autorización.

2. EXPTE.: TF/50113/O/2009; TITULAR: Const. y Excav. González Martín, S.L.; POBLACIÓN: La Laguna; MATRÍCULA: TF-8967-AS; FECHA DENUNCIA: 14 de septiembre de 2009; INFRACCIÓN: artículos 12.a), 60.1 y 105.30, en relación con el artº. 104.1.9 LOTCC; Decreto 6/2002; CUANTÍA: 1.501,00 euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 108.f) LOTCC; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de autorización.

Santa Cruz de La Palma, a 20 de septiembre de 2010.- La Consejera Delegada de Turismo y Transporte, María Beatriz Páez Hernández.

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