Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 196. Lunes 4 de Octubre de 2010 - 5500

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

5500 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 23 de septiembre de 2010, del Director, por el que se corrige error del anuncio de 11 de agosto de 2010, del Director, relativo a notificación de la Resolución de 2 de agosto de 2010, y se procede a la publicación íntegra de la misma (BOC nº 168, de 26.8.10).

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 20 Kb.
BOC-A-2010-196-5500. Firma electrónica-Descargar

De conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), mediante la publicación del presente anuncio, se procede a corregir el error material detectado en el anuncio del Director, remitido para su publicación, de 11 de agosto de 2010 de la Resolución nº 10/07.407, de 2 de agosto de 2010, del Director del Servicio Canario de Empleo, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 168, de 26 de agosto de 2010.

Asimismo, en virtud de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), mediante la publicación del presente anuncio, se procede a notificar a Dña. Silvia Pérez Mesa, la Resolución nº 10/07.407, de 2 de agosto de 2010, del Director del Servicio Canario de Empleo, al no haber sido posible en el domicilio conocido de la interesada, ordenándose la publicación íntegra de la citada Resolución, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo por la que se acuerda la deducción de haberes por faltas de asistencia al trabajo de la funcionaria de carrera Dña. Silvia Pérez Mesa.

Habiéndose comprobado por el Servicio de Recursos Humanos y Régimen Interior del Servicio Canario de Empleo la falta injustificada de asistencia al trabajo por parte de la funcionaria de carrera Dña. Silvia Pérez Mesa, se formula la presente Resolución en base a los siguientes

HECHOS

Primero.- Dña. Silvia Pérez Mesa, titular del D.N.I. nº 43796431-S, funcionaria de carrera vinculada al Servicio Canario de Empleo, se encontraba en situación de Baja por Incapacidad Temporal desde el 3 de junio de 2010. El Instituto Nacional de Seguridad Social ha remitido a este Servicio de Recursos Humanos y Régimen Interior, Alta médica de la mencionada funcionaria que se nos comunica mediante Resolución de la Dirección Provincial del INSS en Santa Cruz de Tenerife recibida el 15 de julio de 2010.

Dicha Resolución expone que de conformidad con lo establecido en el artículo 128, apartado 1º del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, al haberse producido nueva Baja el 3 de junio de 2010 en los seis meses siguientes a la emisión de Alta médica, con fecha de efectos 6 de mayo de 2010, resuelve que la funcionaria no está incapacitada para el trabajo por lo que procede considerar la Baja emitida como nula de pleno derecho.

Segundo.- En consecuencia, se le notifica a Dña. Silvia Pérez Mesa el día 20 y 28 de julio de 2010, mediante burofax, la situación relatada en el hecho primero y se le comunica que debe incorporarse al recibo de la misma, sin perjuicio de las medidas que puedan tomarse como consecuencia de la no incorporación en base al Decreto 78/2007, de 18 de abril, por el que se fija la jornada y horario del personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Previa comprobación oportuna realizada por el Servicio de Recursos Humanos y de Régimen Interior, se constata que Dña. Silvia Pérez Mesa no se ha incorporado a su puesto de trabajo pues no ha fichado a través del Sistema Integral de Control Horario, SICHO desde el día 15 de julio hasta el 31 de julio de 2010, ambos inclusive.

A los citados hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Decreto 78/2007, de 18 de abril, por el que se fija la jornada y el horario de trabajo del personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y se establece el sistema de gestión de los mismos, viene a significar en su artículo 9.5 que no podrán recuperarse los incumplimientos de las jornadas o del horario establecido, así como las ausencias, faltas de permanencia o de puntualidad que sean injustificados, que darán lugar a la deducción proporcional y automática de haberes, sin perjuicio de la responsabilidad en que, en su caso, se pudiera incurrir. En el presente caso se debe concretar la deducción de haberes en correspondencia a los días transcurridos del día 15 de julio hasta el 31 de julio de 2010, ambos inclusive.

Segundo.- Es competente para resolver el Director del Servicio Canario de Empleo en virtud de lo establecido en el artículo 9.1.e) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Por lo anteriormente expuesto, vista la legislación citada y demás de general y concordante aplicación y en virtud de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Uno.- Proceder a la Deducción de Haberes de los salarios abonados indebidamente en la nómina de Dña. Silvia Pérez Mesa, titular del D.N.I. nº 43796431-S, por inasistencia a su puesto de trabajo desde el día 15 de julio hasta el 31 de julio de 2010, ambos inclusive.

Dos.- Notificar esta Resolución a la interesada, haciéndole saber que contra la misma podrá interponer recurso de alzada ante el Director del Servicio Canario de Empleo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y el artículo 18.5 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Asimismo y a los efectos pertinentes, trasladar la misma a la Unidad de Nóminas del Servicio Canario de Empleo.- El Director, Alberto Génova Galván. De conformidad con el artículo 27 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, este acto administrativo ha sido propuesto en Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de agosto de 2010 por la Jefe de Servicio de Recursos Humanos y Régimen Interior, Salomé Ballesteros Rodríguez."

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de septiembre de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.

© Gobierno de Canarias