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BOC Nº 192. Martes 28 de Septiembre de 2010 - 5415

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

5415 Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 28 de julio de 2010, por la que se resuelve la exclusión de la lista de reserva de personal interino de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias, de Dña. Raquel Márquez Campos.

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BOC-A-2010-192-5415. Firma electrónica-Descargar

Visto el expediente de referencia y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que con fecha 6 de julio de 2010 se procede a efectuar el proceso de selección de conformidad con lo establecido en la Orden de 20 de mayo de 2009 (BOC nº 100, de 27 de mayo), por la que se regula la selección, el nombramiento y cese de los funcionarios interinos de los Cuerpos de Médicos Forenses, de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en Canarias, ofreciendo plazas vacantes de la lista de reserva de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias a Dña. Raquel Márquez Campos.

El día 6 de julio de 2010, se procede a contactar telefónicamente con Dña. Raquel Márquez Campos para proceder a comunicarle de forma oficial la oferta de plazas a cubrir de la lista de reserva del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la que formaba parte. La citada aspirante no contesta a la llamada telefónica.

Segundo.- Mediante dos intentos se procede a la notificación personal mediante la cual se emplaza a Dña. Raquel Márquez Campos para que acuda ante este Centro Directivo, con la finalidad de ofrecerle plazas vacantes de la Lista de Reserva de la que forma parte o que presente documentación acreditativa de su renuncia. No pudo efectuarse la notificación pues la citada aspirante no se encontraba en la dirección que consta en el registro de personal a efectos de notificaciones.

Tercero.- La aspirante, Dña. Raquel Márquez Campos, no comparece a la oferta oficial de plazas y dentro del plazo establecido no presenta la documentación acreditativa de renuncia justificada.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 11.3.1 de la Orden de 20 de mayo de 2009, dispone "... 3.1. Si ofertado un puesto de trabajo la persona llamada no aceptara el nombramiento, o no presentara en plazo la documentación indicada sin justificación, se entenderá que renuncia al nombramiento y quedará excluida de las listas de reserva durante una anualidad, salvo cuando el destino ofertado sea para un puesto singular de los previstos en el artículo 12 de esta Orden o en unidades administrativas para la gestión de medios personales o materiales de la Administración de Justicia, cuya aceptación es voluntaria ...".

Dña. Raquel Márquez Campos no acude a la comparecencia efectuada para proceder a la oferta de plazas de la Lista de Reserva de la que forma parte. Tampoco presenta la documentación acreditativa para no ser excluida de la lista de reserva de la que formaba parte.

Esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 91 y siguientes del Decreto 22/2008, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, y teniendo en cuenta los hechos y fundamentos jurídicos anteriormente alegados,

R E S U E L V E:

Excluir de la lista de reserva de personal interino a Dña. Raquel Márquez Campos, por no acudir al llamamiento realizado por parte de este Centro Directivo para ofertarle plazas de la Lista de Reserva de personal interino de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En virtud de lo establecido en la normativa anteriormente citada, la exclusión de la Lista de Reserva de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias, lo será por una anualidad, plazo que comenzará a contar a partir de la notificación a la interesada o, en su caso publicación de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabrá interponer por el interesado recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de la notificación, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la misma, ante esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia o en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, significándole que de interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta la resolución de éste, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 15 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, artículo 36 del Decreto 116/2001, de 14 de mayo, artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de julio de 2010.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, María Dolores Alonso Álamo.

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