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BOC-A-2010-192-5409.
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A la vista de la convocatoria de huelga general, promovida por diversas centrales sindicales para el día 29 de septiembre de 2010, desde las 00,00 horas hasta las 24,00 h del mismo día, oídos los representantes del personal y en uso de las atribuciones conferidas a los titulares de los Departamentos por el artículo 2 del Decreto 24/1987, de 13 de marzo, de establecimiento de los servicios mínimos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias,
D I S P O N G O:
Artículo único.- El establecimiento de los siguientes servicios mínimos que se han de prestar por el personal adscrito a la Consejería de Economía y Hacienda desde las 00,00 h del día 29 septiembre de 2010 hasta las 24,00 h del mismo día, debiendo ser fijada la relación nominativa por los titulares de los Centros Directivos:
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Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o de diez días, si se acudiera al procedimiento previsto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Potestativamente, para el supuesto de que se acudiera al procedimiento ordinario, podrá interponerse recurso de reposición ante este Consejero, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de septiembre de 2010.
EL CONSEJERO DE
ECONOMÍA Y HACIENDA,
José Manuel Soria López.
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