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BOC Nº 158. Jueves 12 de Agosto de 2010 - 4709

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V. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Lanzarote

4709 ANUNCIO de 27 de julio de 2010, sobre notificación de Requerimiento para la subsanación de defectos en la acreditación de representación en materia de transportes.

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BOC-A-2010-158-4709. Firma electrónica-Descargar

Providencia de 27 de julio de 2010, del Consejero de Transportes de este Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, sobre notificación de Requerimiento para la subsanación de defectos en la acreditación de la representación, que se relaciona.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar al denunciado que se cita, el Requerimiento para la subsanación de defectos en la acreditación de la representación.

Mediante escrito de fecha 19 de abril de 2010 de entrada en el Registro General del Cabildo se presenta recurso de reposición por María Esther Ramírez Garrido en nombre y representación de Ayose Sánchez Barreto, con C.I.F./N.I.F. 78543910Z.

Como quiera que el acto realizado no es de mero trámite, para los cuales la representación se presume, se le requiere para que de conformidad con el artº. 32.3 y 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), proceda a subsanar la falta o insuficiente acreditación de la representación en el plazo de 10 días.

Pongo en su conocimiento que, hasta tanto se verifique la representación, por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado, no se tendrá por realizado el acto a que se refiere este requerimiento.

Órgano competente para ejecutar y norma que le atribuye competencia: el Consejero de Transportes de esta Corporación por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular aquel Órgano de fecha 29 de octubre de 2009; todo ello al amparo de lo dispuesto en la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.

1) EXPEDIENTE SANCIONADOR Nº: GC/30340/O/2009; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); TITULAR/PRESUNTO RESPONSABLE: Ayose Sánchez Barreto; N.I.F./C.I.F.: 78543910Z; MATRÍCULA DEL VEHÍCULO DENUNCIADO: GC-0770-BS; HECHO INFRACTOR, LUGAR Y FECHA: como consecuencia de la denuncia nº 06774/09 formulada por el Agente de la Guardia Civil de Tráfico nº D28700J, de fecha 6 de octubre de 2009 [11,00,00] (donde se hacen constar los hechos que se imputan y que motivan la incoación del presente procedimiento), en la vía LZ-2, km 36,200, dirección Playa Blanca, y de las actuaciones practicadas se aprecia la comisión de una infracción a la normativa reguladora de los transportes terrestres, consistente en: realizar un transporte de mercancías perecederas desde Arrecife hasta Playa Blanca transportando un cargamento de salsas, ensaladas y manzanas en gajos, careciendo de la autorización administrativa correspondiente. Presenta solicitud autorización MPC con GE 018459/2007 en el Cabildo de Lanzarote; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 105.30, en relación con el artº. 104.1.9 y artº. 60 y siguientes de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias; artº. 141.31, en relación con el artº. 140.1.9, artículos 47 y 90 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre); y artº. 198.31, en relación con el artº. 197.1.9; y artículos 41 y 109 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (modificado parcialmente por el Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre). Artº. 22 de la Orden de 20 de julio de 1995, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de arrendamiento de vehículos sin conductor (parcialmente derogada por L. 13/1996, de 30 de diciembre) (BOE de 2.8); CUANTÍA DE LA SANCIÓN: mil quinientos un (1.501) euros (249.745 pesetas) y precinto del vehículo matrícula GC-0770-BS durante tres meses; PRECEPTO SANCIONADOR: artículos 108.f) y 109.4 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias; artº. 143.1.f) y 143.2, párrafo 5º de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre); y artº. 201.1.f) y 201.2, párrafo 5º del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (modificado parcialmente por el Real Decreto 1225/2006, de 27 de octubre), que la califica de: grave.

Arrecife, a 27 de julio de 2010.- El Consejero de Transportes y Centro de Datos, Ramón Bermúdez Benasco.

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