BOC - 2010/150. Lunes 2 de Agosto de 2010 - 4481

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Audiencia Provincial. Sección Quinta. Las Palmas de Gran Canaria

4481 - EDICTO de 17 de junio de 2010, relativo a la sentencia recaída en el Rollo de Apelación Civil nº 0000147/2009 dimanante de los autos de Juicio Ordinario 427/07.

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Dña. Amelia Villarreal Sancho, Secretaria de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Doy fe y testimonio: que en el Rollo de Apelación Civil número 147/09, dimanante de los autos de Juicio Ordinario 42707, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Telde, a instancia de Dña. Antonia Navarro Hernández; Dña. Juana Liria Navarro; Dña. Rosa Delia Liria Navarro, contra D. Kenneth Drayton Pilcher, recayó sentencia de fecha 18 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de doña Antonia Navarro Hernández, doña Rosa Delia Liria Navarro y doña Juana Liria Navarro, actuando en beneficio de la comunidad hereditaria del difunto don Enrique Liria Sánchez, contra la sentencia de fecha 22 de julio de 2008 dictada en el juicio ordinario nº 427/2007 por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Telde, revocamos la misma y estimando la demanda interpuesta por doña Antonia Navarro Hernández, doña Rosa Delia Liria Navarro y doña Juana Liria Navarro, actuando en beneficio de la comunidad hereditaria del difunto don Enrique Liria Sánchez, contra don Kenneth Drayton Pilcher:

A) Declaramos que la finca registral 7045, del folio 1º01, Tomo 670 del Archivo General, Libro 71 del Ayuntamiento de Ingenio, del Registro de la Propiedad nº 2 de Telde, fue adquirida con carácter privativo por el difunto don Enrique Liria Sánchez con D.N.I. nº 42990782F por prescripción adquisitiva, y cuya descripción actualizada de la misma es "Casa situada en el Carrizal término municipal de Ingenio, llamada "Casa del Guarda Jurado", en el lugar conocido como "Olivares", que linda al Naciente con terrenos de la viuda don Rafal Martel, hoy con inmueble nº 56 de gobierno de la calle República Argentina, propiedad de la entidad Inversiones y Realizaciones Canarias, S.L.; al Poniente, con vivienda de don Leopoldo Castro Díaz y esposa doña Francisca González Suárez; al Sur con la calle República Argentina, por donde tiene el nº 58 con número de gobierno; y al Norte, con la vivienda de don Juan Santana Pulido. Ocupa una extensión superficial de ciento ochenta metros cuadrados."

B) Remítase mandamiento al Registro de la Propiedad de Telde nº 2 para la inscripción registral de dicha titularidad dominical, con la descripción de la finca indicada, al objeto de proceder a la cancelación de los asientos contradictorios.

C) No procede hacer expresa condena respecto al pago de las costas procesales devengadas en ambas instancias.

Llévese certificación de la presente resolución al rollo de esta Sala y notifíquese a las partes, y con certificación de la misma, devuélvanse los autos al Juzgado de Procedencia para su ejecución y cumplimiento.

Así por esta nuestra Sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo anteriormente preinserto concuerda bien y fielmente con su original obrante en el rollo de referencia.

Y para que así conste, cumpliendo lo ordenado y servir de notificación a demandado rebelde en esta alzada, expido y firmo la presente.

En Las Palmas, a 17 de junio de 2010.



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