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BOC Nº 137. Miércoles 14 de Julio de 2010 - 4059

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

4059 ORDEN de 29 de junio de 2010, por la que se modifica la Orden de 14 de octubre de 2009, que resuelve la convocatoria de concesión de subvenciones previstas en el Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas InnoEmpresa para el año 2009, dando cumplimiento a la Orden de 5 de abril de 2010, por la que se estima el recurso interpuesto por la entidad Asociación de Empresarios y Comerciantes El Castillo de Antigua.- Expte. 2009.LPA.0153.

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BOC-A-2010-137-4059. Firma electrónica-Descargar

Vista la propuesta de la Directora General de Promoción Económica y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Vista la Orden nº 146, de 5 de abril de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se estima el recurso interpuesto por la entidad Asociación de Empresarios y Comerciantes El Castillo de Antigua (2009.LPA.0153) contra la Orden de 14 de octubre de 2009, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2009 para la concesión de subvenciones previstas en el programa de apoyo a la Innovación de las pequeñas y medianas empresas "InnoEmpresa" (BOC nº 204, de 19.10.09), en la que se declaró a dicha entidad desistida de la solicitud presentada por el siguiente motivo: "No aporta documentación requerida (base sexta de la convocatoria, Orden de 21 de abril de 2009; BOC nº 78, de 24.4.09)".

Segundo.- Procediendo dar cumplimiento a la misma, que acuerda dejar sin efecto la denegación referida en el apartado anterior, a efectos de que, previa la instrucción que proceda, se resuelva la solicitud de subvención presentada por el recurrente, mediante una nueva valoración de la misma.

Tercero.- Existe dotación presupuestaria para atender a la obligación contraída en la aplicación presupuestaria 10.09.612H.770.00, con proyecto de inversión: 01710101 Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas "InnoEmpresa".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- El Consejero de Economía y Hacienda es competente para resolver el procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en la base tercera, apartado tres, de la Orden de 21 de abril de 2009, que aprueba las bases reguladoras (BOC nº 78, de 28.4.09) y en el artículo 5 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Vistos el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria, las Órdenes de 21 de abril de 2009, de bases y convocatoria, y demás normativa de aplicación, en ejercicio de las facultades conferidas por la normativa vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar la Orden de 14 de octubre de 2009 de concesión de subvenciones previstas en el programa de apoyo a la Innovación de las pequeñas y medianas empresas "InnoEmpresa", publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 204, de 19 de octubre de 2009, incluyendo al solicitante Asociación de Empresarios y Comerciantes El Castillo de Antigua en el anexo I (Beneficiarios), concediéndole una subvención de 21.911,22 euros (veintiún mil novecientos once con veintidós) euros en los siguientes términos:

Ver anexo en la página 18028 del documento Descargar

Segundo.- Publicar la citada modificación en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- A fin de garantizar la estricta igualdad de condiciones del interesado en relación al resto de los beneficiarios, conceder al beneficiario un plazo de treinta (30) días a contar desde el día siguiente a la publicación de la Orden, para manifestar por escrito su aceptación expresa, según modelo que se inserta como anexo V en la Orden de concesión publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 204, de 14 de octubre de 2009, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de convocatoria (décima). El no otorgamiento en plazo de la aceptación expresa; la renuncia posterior a la subvención aceptada, o la justificación de la subvención en menor cuantía, producirán los efectos previstos en la citada Orden de convocatoria.

Cuarto.- En idénticos términos, conceder al beneficiario un plazo para realizar y justificar la actividad objeto de esta subvención que finalizará el mismo día que el plazo para la aceptación, treinta (30) días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden. El abono de la subvención se producirá en los términos establecidos en la base duodécima de la Orden que aprueba las bases reguladoras. El modelo oficial de "Solicitud de abono" se inserta como anexo VI A en la Orden de concesión, formando parte de la misma el modelo de relación de cuenta justificativa (anexo A) y el modelo de relación de justificantes de inversión O.I. se inserta como anexo VII A (cuadro de auditoría).

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación; con indicación de que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del mismo o su desestimación presunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de junio de 2010.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Manuel Soria López.

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