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BOC Nº 134. Viernes 9 de Julio de 2010 - 3997

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Turismo

3997 Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 17 de junio de 2010, sobre notificación de Resolución que procede a la ejecución de aval, a titular de empresa de actividades turísticas de ignorado paradero.

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BOC-A-2010-134-3997. Firma electrónica-Descargar

No habiéndose podido practicar a Dña. Paula Louise Beatson, la notificación de Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, número 664, de fecha 12 de mayo de 2010, por la que se procede a la ejecución de aval, en los términos del apartado primero del artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a Dña. Paula Louise Beatson, Administradora única de la entidad mercantil "Blue Atlantic Management, S.L.", titular de la Agencia de Viajes del mismo nombre, la siguiente Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, por la que se procede a la ejecución del aval, depositado en la Consejería de Economía y Hacienda:

"Resolución de fecha 12 de mayo de 2010, de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, por la que se procede a la ejecución del aval que la Compañía Seguros Catalana Occidente, S.A. tiene constituido a favor de la Agencia de Viajes "Blue Atlantic Management, S.L.".

Primero.- Con fecha 28 de mayo de 2009, Registro de Entrada nº 6269, se recibe escrito del Juzgado de Primera Instancia nº 2, de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), por el que solicita que se proceda al embargo del aval depositado en la Consejería de Economía y Hacienda por la Compañía de Seguros Catalana Occidente, S.A. asegurando a la Agencia de Viajes "Blue Atlantic Management, S. L.", con los datos de procedimiento:

Procedimiento: Ejecución Judicial.

Número Procedimiento: 0000018/2007.

NIG: 3501931120060000819.

Segundo.- Con fecha 26 de mayo de 2008, recepcionado con fecha 25 de septiembre de 2009, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC nº 189) y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Mogán, se notificó a la Agencia de Viajes "Blue Atlantic Management, S.L." y con fecha 4 de junio de 2009 a la entidad aseguradora "Seguros Catalana Occidente, S.A.", el citado escrito del Juzgado y el inicio de procedimiento de ejecución.

Tercero.- Con fecha 4 de junio de 2009, recepcionado 22 de junio de 2009, se solicitó al Juzgado nº 2 de San Bartolomé de Tirajana, aclaración relativa al cumplimiento de lo especificado en el apartado quinto del artículo 13 del Decreto 135/2000, de 10 de julio, por el que se regulan las agencias de viajes.

Cuarto.- El Juzgado nº 2 de San Bartolomé de Tirajana, con fecha 10 de mayo de 2010, remite aclaración respecto al cumplimiento del mencionado artículo 13, del precitado Decreto.

Quinto.- A fecha actual esta Dirección General no tiene constancia de la presentación de recurso por parte de la Agencia de Viajes "Blue Atlantic Management, S.L.", ni de la compañía de Seguros Catalana Occidente, S.A. Transcurridos los plazos señalados en los escritos anteriormente citados, esta Dirección General no tiene constancia de haberse efectuado el abono de las cantidades requeridas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Visto el Decreto 135/2000, de 10 de julio, por el que se regulan las agencias de viajes, que en su artículo 13.5 señala:

La garantía quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones que deriven de:

a) Resolución firme en vía judicial de responsabilidades económicas de los organizadores y detallistas derivados de la acción ejercitada por el consumidor o usuario final.

b) Laudo dictado por las Juntas arbitrales de consumo, previo sometimiento voluntario de las partes.

R E S U E L V O:

Primero.- Que se dé cumplimiento a lo acordado por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria) respecto a la ejecución de la garantía que consta depositada en la Consejería de Economía y Hacienda, con fecha 30 de abril de 2003, suscrita por la compañía de seguros Catalana Occidente, S.A., asegurando a la agencia de viajes "Blue Atlantic Management, S.L.", por importe de 180.303,63 euros.

Segundo.- Los importes a ejecutar son los siguientes: cuatro mil quinientos (4.500,00) euros en concepto de principal y mil trescientos cincuenta (1.350,00) euros en concepto de intereses y costas.

Tercero.- Que se comunique la presente Resolución a las partes [Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), Consejería de Economía y Hacienda, Grupo Asegurador Seguros Catalana Occidente, S.A., Agencia de Viajes Blue Atlantic Management, S.L.].

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Turismo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.- Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Sandra González Franquis."

2.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al Ayuntamiento de Mogán, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de junio de 2010.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Sandra González Franquis.

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