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BOC-A-2010-126-3725.
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Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 5º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sobre notificación a interesados intentada y no practicada, dispongo la publicación de la siguiente Resolución Administrativa:
"Vista la solicitud de Visado presentada por Servicios Urgentes Ambulancia Canaria, S.L.U., actuando en su propio nombre y derecho.
Resultando que en el requerimiento de fecha 18 de noviembre de 2009 se le notifica la necesidad de aportar como requisitos preceptivos más importantes para el visado de dicha autorización la certificación expedida por la Delegación de Hacienda Estatal de la Administración Tributaria, acreditativa de estar al corriente con las obligaciones fiscales; Certificación emitida por la Seguridad Social acreditativa de estar al corriente en los pagos y el justificante del abono de las sanciones administrativas firmes impuestas por infracción de la legislación de transportes, entre otros documentos.
Considerando que no se ha procedido a la aportación de la documentación requerida en la citada notificación.
Considerando que en consecuencia habiéndose constatado, una vez examinados los datos obrantes en el expediente de su razón, que no se cumplen los requisitos exigidos por la reglamentación reguladora en materia de Transportes y, en especial, las previsiones que al respecto contempla el artº. 13 del Decreto 154/2002, de 24 de octubre, regulador de la actividad del transporte terrestre sanitario.
En su virtud, vengo en denegar el visado a la empresa Servicios Urgentes Ambulancia Canaria, S.L.U., con C.I.F. número B-38904389 y domicilio social en calle Doctor González, nº 9, de Los Realejos.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que se practique la notificación del presente acto, al amparo del artículo 107 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y los artículos 6.1.R y 61.2 del Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife, cuya resolución agotará la vía administrativa a efectos de recurso ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa."
Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra el presente acto se podrá formular recurso de alzada, ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación en el plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente a que se practique la notificación del presente acto, al amparo del artículo 107 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, cuya resolución agotará la vía administrativa a efectos de recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de junio de 2010.- El Jefe de Servicio de Transportes, Pedro L. Campos Albarrán.
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