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BOC Nº 110. Lunes 7 de Junio de 2010 - 3264

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

3264 Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 21 de mayo de 2010, relativo a notificación de la Resolución de 6 de mayo de 2010, por la que se acuerda la iniciación del procedimiento administrativo sancionador incoado a D. Andrés Figueroa Melián, por la comisión de infracción administrativa en materia de comercialización de productos pesqueros.- Expte. PV-25/10-LP.

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BOC-A-2010-110-3264. Firma electrónica-Descargar

A los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), se hace público, según el artículo 16 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, el trámite de alegaciones del expediente sancionador por infracción administrativa en materia de comercialización de productos pesqueros, iniciado mediante Resolución del Viceconsejero de Pesca de fecha 6 de mayo de 2010, cuya notificación se ha intentado sin que se haya podido practicar, respecto de la cual se indican los siguientes datos identificativos:

EXPEDIENTE Nº: PV-25/10-LP.

EXPEDIENTADO: Andrés Figueroa Melián.

N.I.F.: 78.544.763-Q.

INFRACCIÓN: artículo 99.j) de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, y artículo 70.5.c) de la Ley 17/2003, de 10 de abril.

SANCIÓN: 5.500,00 euros.

Se significa al interesado que en la Viceconsejería de Pesca, Servicio de Inspección Pesquera, sita en la calle Profesor Agustín Millares Carlo, nº 10, 1º, de Las Palmas de Gran Canaria, de lunes a viernes en horario de 9 a 13 horas, tiene a su disposición el expediente sancionador de referencia, durante el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente desde la presente publicación, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime conveniente y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse. Transcurrido el plazo indicado sin haber ejercitado dichas acciones, se considerará que el acto administrativo ha sido notificado en forma, continuándose la tramitación en los términos que procedan en Derecho.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de mayo de 2010.- El Viceconsejero de Pesca, Francisco Antonio López Sánchez.

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