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BOC Nº 108. Viernes 4 de Junio de 2010 - 3223

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

3223 Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 26 de mayo de 2010, relativo a notificación de la Resolución de 7 de mayo de 2010, por la que se inicia expediente de revocación de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Arturo, sito en la calle Cruz de Guerra, nº 148, Valle de Tabares, La Laguna, con LTF-179, otorgada a favor de Dña. Flora Guadalupe Hernández Núñez y del Boletín de Instalación de la máquina recreativa TF-B-24.203.

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BOC-A-2010-108-3223. Firma electrónica-Descargar

Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación de fecha 7 de mayo de 2010, por la que se inicia expediente de revocación de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado "Bar Arturo", sito en la calle Cruz de Guerra, nº 148, Valle de Tabares, La Laguna, con LTF-179, otorgada a favor de Dña. Flora Guadalupe Hernández Núñez y del boletín de instalación de la máquina recreativa TF-B-24.203, en el domicilio que figura en el citado expediente, sin que haya podido practicarse a la interesada, de conformidad con lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), se procede a su publicación.

"Examinado el expediente de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado "Bar Arturo", sito en la calle Cruz de Guerra, nº 148, Valle de Tabares, La Laguna, con LTF-179, otorgada a favor de Dña. Flora Guadalupe Hernández Núñez, y del Boletín de Instalación de la máquina recreativa TF-B-24.203.

Vista la propuesta formulada por el Jefe de Servicio de Gestión del Juego.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Mediante Resolución de fecha 6 de marzo de 2002, de esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, previo expediente tramitado al efecto, se autorizó la instalación de máquinas recreativas en el local, denominado "Bar Arturo", sito en la calle Cruz de Guerra, nº 148, Valle de Tabares, La Laguna, con LTF-179, a instancias de Dña. Flora Guadalupe Hernández Núñez, con N.I.F. 43803710A, habiéndose aportado al expediente calificación de la actividad del Cabildo de Tenerife.

2º) Con fecha 11 de abril de 2008, por parte del Servicio de Gestión del Juego se requirió al titular de la autorización la aportación de la licencia de apertura, otorgándose al efecto un plazo de diez días.

3º) Mediante escrito de fecha 6 de mayo de 2008, Dña. Flora Guadalupe Hernández Núñez, aportó copia de la solicitud efectuada en el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, de una copia de la licencia municipal de apertura.

4º) Con fecha 26 de octubre de 2009, por parte del Servicio de Gestión del Juego se reiteró el escrito de fecha 11 de abril de 2008, donde se le requería que aportara la licencia de apertura, otorgándose al efecto un plazo de diez días, habiendo transcurrido en exceso el mencionado plazo sin que se aportara la licencia requerida ni documentación alguna.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Las competencias funcionales en esta materia se regulan por la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas y por el Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segunda.- De conformidad con lo establecido en el artículo 71.a) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad aprobado por Decreto 22/2008, de 19 de febrero, esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación es competente para el inicio y resolución de este expediente.

Tercera.- Que el procedimiento a seguir en la tramitación de este expediente se ajusta a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas y el Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, debiéndose resolver el mismo dentro del plazo establecido en las citadas disposiciones.

Cuarta.- Que el artículo 5 de la Ley 6/1999, establece: Autorizaciones administrativas: 1. La organización y explotación de los juegos y apuestas objeto de la presente Ley e incluidos en el Catálogo de Juegos y Apuestas de Canarias, tan sólo podrá tener lugar previa la correspondiente autorización administrativa ...

Por su parte, el artículo 46 del vigente Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias dispone: "Régimen de las autorizaciones a bares, cafeterías y restaurantes para instalar máquinas recreativas.

1. Las autorizaciones para la instalación de máquinas recreativas en bares, cafeterías y restaurantes, tendrán eficacia mientras lo sea la licencia municipal de apertura, salvo que concurra alguno de los supuestos previstos en los puntos siguientes.

2. Las autorizaciones de instalación podrán ser revocadas por pérdida de alguno de los requisitos exigidos para su otorgamiento." ...

Asimismo, el artº. 39.1.c) del susodicho Reglamento dispone que constituye causa de extinción del Boletín de Instalación la extinción de la autorización de instalación del establecimiento.

No habiéndose acreditado la existencia de licencia de apertura, exigida por el artículo 45 del mencionado Reglamento, procede iniciar expediente de revocación de la autorización de instalación de máquinas recreativas y consecuentemente del/de los boletín/es de instalación de las máquinas recreativas allí instaladas.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

1º) Iniciar expediente administrativo de revocación de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado "Bar Arturo", sito en la calle Cruz de Guerra, nº 148, Valle de Tabares, La Laguna, con LTF-179, otorgada a favor de Dña. Flora Guadalupe Hernández Núñez, y del Boletín de Instalación de la máquina recreativa TF-B-24.203, al no haberse acreditado la existencia de licencia municipal de apertura.

2º) Que se notifique la presente Resolución a Dña. Flora Guadalupe Hernández Núñez, titular de la autorización, así como a la empresa operadora Recreativos Ricardo, S.L., como titular de las máquinas recreativas, concediéndoles, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente a la recepción de la Resolución de inicio, para que formule las alegaciones y presente los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.- Santa Cruz de Tenerife, a 7 de mayo de 2010.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan Jesús Ayala Hernández."

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de mayo de 2010.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan Jesús Ayala Hernández.

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