Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 12 Kb.
BOC-A-2010-101-3002.
Firma electrónica-Descargar
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El Banco Bilbao Vizcaya Argentaria interpone recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Viceconsejero de Hacienda y Planificación de la Consejería de Economía y Hacienda de la Administración Pública Autonómica de la Comunidad Autónoma de Canarias que desestima el recurso de alzada interpuesto por la entidad recurrente, contra la Resolución de 24 de abril de 2009, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, relativa a la incautación parcial de aval, constituido a nombre de don Francisco Javier Ramos Barrera, para responder de las obligaciones derivadas de la explotación de máquinas recreativas y de azar que pretende explotar máquinas del tipo mixto.
Segundo.- Este recurso contencioso-administrativo se sustancia ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Procedimiento Ordinario nº 706/2009.
Tercero.- Por oficio del citado órgano judicial se nos requiere procedamos a la remisión del expediente administrativo que motivó el acto recurrido y al emplazamiento de los interesados en la forma y plazo previstos en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 48.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE nº 167, de 14.7.98), establece que el órgano jurisdiccional requerirá a la Administración que le remita el expediente administrativo, ordenándole que practique los emplazamientos previstos en el siguiente artículo 49.
Segundo.- El artículo 49.1 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, regula que la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.
Tercero.- El artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92 ), en su actual redacción, establece que, cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio al que se refiere el punto uno del mismo artículo, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento en su último domicilio, en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó.
En su virtud, en uso de las competencias atribuidas por el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, aprobado por Decreto 12/2004, de 10 de febrero (BOC nº 34, de 19.2.04),
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias del expediente administrativo relativo al Procedimiento Ordinario nº 706/2009.
Segundo.- Emplazar a don Francisco Javier Ramos Barrera y a cuantas personas estuvieran interesadas para que puedan personarse como demandados en el Procedimiento Ordinario nº 706/2009, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sección Primera, a instancia del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2010.- La Viceconsejera de Hacienda y Planificación, Rosa Rodríguez Díaz.
© Gobierno de Canarias