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BOC Nº 098. Jueves 20 de Mayo de 2010 - 2868

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

2868 Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio de 26 de abril de 2010, de la Secretaria, sobre notificación a Dña. María Neisa Gómez Álvarez, de la Resolución del Director, por la que se declara concluso el expediente del Decreto 12/1996, de 26 de enero, por el que se subvenciona la adquisición de determinadas viviendas de protección oficial de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias iniciadas antes de 1979.

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BOC-A-2010-098-2868. Firma electrónica-Descargar

Que habiendo intentado la notificación a Dña. María Neisa Gómez Álvarez, en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), de la Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda por la que se declara concluso el procedimiento encaminado a la obtención de la subvención prevista en el Decreto 12/1996, de 26 de enero, para la adquisición de vivienda de protección oficial de promoción pública perteneciente al Grupo "Añaza I-19", cuenta nº 86, término municipal de Santa Cruz de Tenerife, resultando ésta infructuosa, siendo necesario notificarle dicho trámite, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el apartado 5 del citado artículo y en virtud de lo establecido en el artículo 11.1.B).f) del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, por medio del presente anuncio se hace pública dicha notificación en los siguientes términos:

Notificar, mediante la oportuna publicación en el Boletín Oficial de Canarias y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, a Dña. María Neisa Gómez Álvarez, la Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda, de fecha 24 de febrero de 2010, correspondiente al expediente de subvención que le ha sido instruido, que dice lo siguiente:

"Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 24 de febrero de 2010 que declara concluso el procedimiento encaminado a la obtención por parte de Dña. María Neisa Gómez Álvarez de la subvención prevista en el Decreto 12/1996, de 26 de enero, para la adquisición de determinadas viviendas de protección oficial de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias.

HECHOS

1º) Con fecha 22 de septiembre de 2003, Dña. María Neisa Gómez Álvarez, solicita el otorgamiento de la subvención prevista en el Decreto 12/1996, de 26 de enero, para la adquisición de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el Grupo "Añaza Parcela I-19", cuenta nº 86, término municipal de Santa Cruz de Tenerife.

2º) Tras la revisión de la solicitud se constata que ésta está incompleta, faltando Fe de Vida y Estado y fotocopia del D.N.I. de María Neisa Gómez Álvarez, así como certificado de convivencia y residencia expedido por el ayuntamiento y fotocopia del contrato de arrendamiento de la titular.

3º) Con fecha 21 de diciembre de 2009 se notifica requerimiento a la interesada para que en el plazo de diez días, aporte la documentación descrita en el párrafo anterior, apercibiéndole que en caso contrario se le tendrá por desistido de su petición.

4º) Transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior la interesada no ha aportado la documentación requerida.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- El artículo 7.2.i) del anexo al Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, establece como competencia del Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, resolver acerca de la concesión de las ayudas y subvenciones.

II.- La Resolución del Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, de 5 de mayo de 2004, delega en el Director del Instituto la competencia para el otorgamiento de las subvenciones establecidas en el Decreto 12/1996.

III.- En la tramitación del presente expediente se ha seguido el procedimiento establecido al efecto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación al Decreto 12/1996, de 26 de enero, por el que se subvenciona la adquisición de determinadas viviendas de protección oficial de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias.

IV.- Es de aplicación el artículo 71 de la expresada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expresándose que si una solicitud no reúne los requisitos del artículo 70 y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe la documentación preceptiva, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del artículo 42, de la citada Ley Procedimental. En el presente supuesto, Dña. María Neisa Gómez Álvarez, habiendo sido requerida, no presentó la documentación correspondiente.

En su virtud, de conformidad con las disposiciones vigentes de general aplicación,

R E S U E L V O:

Declarar concluso el procedimiento encaminado a la obtención por parte de Dña. María Neisa Gómez Álvarez, de la subvención prevista en el Decreto 12/1996, de 26 de enero, para la adquisición de la vivienda sita en el Grupo "Añaza Parcela I-19", cuenta nº 86, término municipal de Santa Cruz de Tenerife, al entender que la interesada desiste de su solicitud.

Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de la Vivienda en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución."

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de abril de 2010.- La Secretaria, María Teresa Larrea Díez.

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