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BOC Nº 094. Viernes 14 de Mayo de 2010 - 2754

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

2754 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 3 de mayo de 2010, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 29 de marzo de 2010, relativo al recurso contencioso-administrativo nº 270/2006, interpuesto contra el Acuerdo de 10 de julio de 2006, que aprobó definitivamente el Plan Especial del Paisaje Protegido de Pino Santo.

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BOC-A-2010-094-2754. Firma electrónica-Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 29 de marzo de 2010, relativo al recurso contencioso-administrativo nº 270/2006, interpuesto contra el Acuerdo de 10 de julio de 1006, que aprobó definitivamente el Plan Especial del Paisaje Protegido de Pino Santo, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 2010.- La Directora General de Ordenación del Territorio, Sulbey González González.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 29 de marzo de 2010 en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 23 de marzo de 2009 del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso contencioso-administrativo nº 270/2006, interpuesto por don Nicolás Velásquez Montesdeoca y don Floro Martel Nuez contra el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 10 de julio de 2006, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial del Paisaje Protegido de Pino Santo, anulando el mismo en lo concerniente a la apertura del vial que afecta a las fincas de la parte actora, por no ser ajustado a derecho. Sin expreso pronunciamiento sobre las costas.

Segundo.- Dar traslado al Servicio de Espacios Naturales de esta Consejería a fin de que proceda a ejecutar el fallo de la mencionada Sentencia en el Plan Especial del Paisaje Protegido de Pino Santo. Asimismo proceda a la localización de la documentación anulada a efecto de estampillar en la misma la correspondiente diligencia de nulidad.

Tercero.- E1 presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Santa Brígida, al Cabildo de Gran Canaria, al Servicio de Espacios Naturales y a la Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Belén Díaz Elías.

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