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BOC-A-2010-089-2605.
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Las Directrices de Ordenación del Turismo establecen la necesidad de que por el Gobierno de Canarias se habiliten diversos instrumentos económicos tendentes, entre otros, al establecimiento de un programa de medidas de apoyo a la innovación y la calidad, especialmente en las pequeñas y medianas empresas.
Específicamente se prevé el establecimiento de medidas de apoyo a las empresas que integren y se acojan a sistemas voluntarios de calidad de los servicios y la gestión turística, auditorías medioambientales u otros.
Con esta finalidad, la Consejería de Turismo lleva convocando, desde el año 2005, subvenciones destinadas a la implantación y renovación de sistemas de calidad y gestión medioambiental en establecimientos turísticos, introduciendo en la convocatoria del año 2009, el reconocimiento de la Norma UNE 170001 de accesibilidad universal como sistema subvencionable.
En la convocatoria de este año 2010, cabe destacar como novedad la introducción de un nuevo criterio de valoración para aquellos establecimientos que estén adheridos a alguno de los sellos que concede la Consejería de Turismo a través de la empresa Promotur Turismo de Canarias, S.A., denominados Islas Canarias Family Welcome, Islas Canarias Wellness Delight, Islas Canarias Water Sports Experience e Islas Canarias Volcanic Experience.
Mediante Orden Departamental nº 103 de fecha 22 de abril de 2010, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo para el ejercicio 2010, en ejecución del artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Vista la Orden de 23 de abril de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la implantación y renovación de sistemas de gestión de calidad, de gestión medioambiental y de accesibilidad universal en establecimientos turísticos, para el año 2010.
Y, en virtud de lo anterior y de conformidad con la normativa básica establecida en la Disposición Adicional Primera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, a iniciativa de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística y a propuesta de la Secretaría General Técnica,
D I S P O N G O:
Primero.- Convocar para el año 2010, en régimen de concurrencia competitiva, el procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la implantación y renovación de sistemas de gestión de calidad, gestión medioambiental y de accesibilidad universal, en establecimientos turísticos, de conformidad con el anexo adjunto.
Segundo.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de abril de 2010.
LA CONSEJERA
DE TURISMO,
Rita María Martín Pérez.
A N E X O
Primera.- Régimen de convocatoria.
1. La presente convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva y se rige por las bases aprobadas por Orden de 23 de abril de 2010, de la Consejera de Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la implantación y renovación de sistemas de gestión de calidad, de gestión medioambiental y de accesibilidad universal en establecimientos turísticos, para el año 2010. El objeto, condiciones y finalidad de la subvención y los requisitos exigibles a los solicitantes son los establecidos en dichas bases.
Segunda.- Financiación y dotación económica.
1. La presente convocatoria cuenta con una consignación presupuestaria de quinientos mil (500.000,00) euros, con cobertura presupuestaria en la aplicación 16.04.542J.770.00 Proyecto de inversión 09.7160.01: "Implantación sistemas de calidad y accesibilidad turística" del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Turismo para el año 2010.
2. Esta dotación podrá incrementarse siempre que exista cobertura económica para llevarla a cabo y se realice antes de dictarse la resolución que pone fin al procedimiento de concesión.
Tercera.- Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.
1. El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta días (30 días) naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
La presentación de solicitudes presumirá la aceptación expresa, formal e incondicional de las bases y del acto de convocatoria.
2. Las solicitudes, dirigidas a la Consejera de Turismo, se presentarán conforme al modelo de solicitud incorporado como anexo I, en las dependencias de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística de la Consejería de Turismo, sita en la calle León y Castillo, nº 200, Edificio de Servicios Múltiples III, planta baja, en Las Palmas de Gran Canaria, o en la Avenida de Anaga, nº 35, Edificio de Servicios Múltiples I, planta 1ª en Santa Cruz de Tenerife. La presentación también podrá realizarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
En el caso de que se optara por la presentación de la solicitud en una Oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia de solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.
Cuarta.- Documentación a acompañar con la solicitud.
1. La documentación que debe acompañar a la solicitud será la establecida en la base octava de la Orden de 23 de abril de 2010, de la Consejera de Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la implantación y renovación de sistemas de gestión de calidad, de gestión medioambiental y de accesibilidad universal en establecimientos turísticos, para el año 2010.
Quinta.- Plazos para la realización y justificación.
1. Se entiende por justificación de las subvenciones la acreditación del empleo de los fondos públicos recibidos en la realización de la actividad o en la adopción de la conducta subvencionada y la acreditación de la efectiva realización de la actividad o adopción de la conducta, así como de su coste real.
2. El plazo para la realización y justificación de la actividad subvencionada se iniciará el 1 de enero de 2010 y finalizará el 15 de diciembre de 2010.
3. Se podrá conceder prórroga del plazo para la realización y justificación de la actividad objeto de subvención. Las solicitudes de prórroga se deberán presentar siempre, como mínimo, treinta (30) días antes de la finalización del plazo de justificación concedido.
Sexta.- Plazo máximo de resolución, medios de notificación y recursos.
1. El plazo máximo de resolución y notificación será el 31 de octubre de 2010.
2. La notificación de la resolución se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 19 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.
3. La resolución pondrá fin a la vía administrativa y será recurrible mediante recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Turismo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación; en caso de presentarse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso o su desestimación presunta.
Ver anexo en las páginas 12388-12392 del documento Descargar
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