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BOC Nº 085. Lunes 3 de Mayo de 2010 - 2511

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

2511 Viceconsejería de Pesca.- Anuncio de 15 de abril de 2010, relativo a notificación del oficio a la Academia Náutica Nic Náutica.

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BOC-A-2010-085-2511. Firma electrónica-Descargar

De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), por la presente comunicación se procede a notificar el oficio dirigido a la Academia Náutica Nic Náutica, al no haber sido posible su notificación en el domicilio social conocido, cuyo tenor literal es el que se inserta a continuación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de abril de 2010.- El Viceconsejero de Pesca, Francisco Antonio López Sánchez.

"El pasado mes de agosto se inició el trámite de audiencia preceptivo en la tramitación de un Proyecto de Decreto por el que se modificaba el Decreto 80/1999, de 6 de mayo, del cual se le dio traslado. Posteriormente, este Proyecto de Decreto ha sufrido diferentes alteraciones, considerando la necesidad de tramitar un nuevo Decreto, derogando el ahora mismo vigente.

Por ello, con relación al Proyecto de Decreto por el que se regulan los centros que imparten enseñanzas náuticas de navegación de recreo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de Organización, Competencia y Funcionamiento del Gobierno, procede declarar la apertura del trámite de audiencia con el fin de que directamente las personas, o las organizaciones y asociaciones representativas del sector que va a ser objeto de regulación, o guarden relación directa con el objeto de la disposición, puedan manifestar su parecer.

A tal fin, se da traslado de copia del citado Proyecto de Decreto, para que, dada la premura existente por parte de este Centro Directivo en que esta Disposición vea la luz, pero garantizando el obligado conocimiento que del texto ha de tener el sector al que va destinada la disposición reguladora, pueda ser examinado el mismo y presentadas las alegaciones u observaciones que se consideren oportunas, por término de 7 días hábiles, a contar desde el siguiente a la recepción de dicho texto del proyecto.- El Viceconsejero de Pesca, Francisco Antonio López Sánchez.- En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de marzo de 2010."

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