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BOC Nº 083. Jueves 29 de Abril de 2010 - 2435

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Arona

2435 EDICTO de 30 de noviembre de 2009, relativo al fallo y auto aclaratorio de la sentencia recaída en el juicio ordinario nº 0000169/2007.

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BOC-A-2010-083-2435. Firma electrónica-Descargar

D. Juan Miguel Ruiz Hernández, Magistrado del Juzgado nº 1 de Violencia Sobre la Mujer (Antiguo mixto nº 7) de Arona y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

Dña. Concepción Rivero Rodríguez, Magistrado-Juez de refuerzo del Juzgado nº 1 de Violencia sobre la Mujer (Antiguo mixto nº 7) de Arona, vistos los autos del procedimiento de juicio ordinario con número de procedimiento 429/2008 seguido a instancias de la Procuradora de los Tribunales Dña. Belén Galindo Ramos en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Las Rosas asistida por las Letradas Dña. Ana Dácil García Pérez y Miriam García Pérez frente a la demandada Dña. Margaret Hunter, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad por importe de cinco mil cuatrocientos dos euros con ochenta céntimos.

FALLO

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Belén Galindo Ramos en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Las Rosas, frente a Dña. Margaret Hunter, en situación de rebeldía procesal, condeno a la demandada al pago en favor de la actora de la cantidad de cinco mil cuatrocientos dos euros con ochenta céntimos (5.402,80 euros) con expresa imposición de costas.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Asimismo, por auto de fecha 27 de noviembre de 2009 se rectifica encabezamiento de la sentencia dictada en el presente juicio ordinario, y que tiene el siguiente tenor literal:

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica Sentencia, de 3 de marzo de 2009, en el sentido de que donde se dice "... de juicio ordinario con número de procedimiento 429/2008 ...", debe decir "... de juicio ordinario con número de procedimiento 169/2007 ...".

Y para que sirva de notificación a la demandada, Margaret Hunter, en situación de rebeldía procesal expido y libro el presente en Arona, a 30 de noviembre de 2009.- El Magistrado.- La Secretaria Judicial.

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