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BOC Nº 077. Miércoles 21 de Abril de 2010 - 2245

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

2245 Dirección General de Trabajo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 25 de marzo de 2010, relativa a la sanción impuesta a Constructora Guaydil, S.A., por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.

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BOC-A-2010-077-2245. Firma electrónica-Descargar

Considerando que en el artículo 40.2 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 8 de agosto), se dispone, después de determinar las cuantías sancionadoras, que "Las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente".

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales (BOE nº 108, de 5.5.07), que contiene las formalidades necesarias para la publicación de las referidas sanciones.

Resultando que en el procedimiento sancionador PH-434/08 la sanción impuesta a Constructora Guaydil, S.A., mediante Orden nº 771 de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio de fecha 19 de octubre de 2009, ha adquirido firmeza.

Vistas las disposiciones citadas, y demás que resulten de aplicación,

R E S U E L V O:

Único.- Ordenar que se haga pública en el Boletín Oficial de Canarias la siguiente sanción:

- Nombre o razón social de la empresa sancionada: Constructora Guaydil, S.A.

- Sector de actividad a que se dedica: actividades diversas de servicios personales.

- Número del Documento Nacional de Identidad de las personas físicas o Código de Identificación Fiscal de las personas jurídicas: B35279306.

- Domicilio social: calle Las Adelfas, manzana 4ª (35119-Agüimes).

- Infracción cometida: artículo 13.10 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social "No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de la que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores".

- Sanción impuesta: 40.986,00 euros.

- Fecha de extensión del Acta de Infracción: 5 de noviembre de 2008.

- Fecha en la que la sanción adquiere firmeza: 12 de enero de 2010.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de marzo de 2010.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.

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