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BOC-A-2010-072-2092.
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En los autos de juicio verbal LEC. 2000, seguidos por reclamación de cantidad en este Juzgado con el nº 0000077/2009, se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Arrecife, a dos de diciembre de dos mil nueve.
Vistos por mí Ángela López-Yuste Padial, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 8 de Arrecife, los presentes autos de juicio verbal nº 77/09, seguidos a instancia de la entidad mercantil Telefónica de España, S.A. Sociedad Unipersonal, representada por el procurador don Marcial López Toribio y asistida del letrado don José Ruiz Pasquau, contra don Edward Robin Coles, en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la entidad mercantil Telefónica de España, S.A. Sociedad Unipersonal, por medio de su procurador don Marcial López Toribio, contra don Edward Robin Coles, debo condenar y condeno al referido demandado a abonar a la actora la cantidad de 1.607,35 euros; dicha cantidad devengará el interés legal del dinero a contar desde la fecha de interposición de la presente demanda hasta la fecha de Sentencia y desde ésta hasta su completo pago el interés por mora procesal previsto en el artículo 576 LEC.
Todo ello, con imposición al demandado de las costas procesales causadas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al en que se notifique esta resolución y del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial de Las Palmas.
Y para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias, al objeto de que sirva de notificación al demandado D. Edward Robin Coles, declarado en situación procesal de rebeldía y en desconocido paradero, expido la presente en Arrecife, a 17 de febrero de 2010.- El/la Secretario.
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