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BOC Nº 069. Viernes 9 de Abril de 2010 - 2026

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V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

2026 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 26 de marzo de 2010, del Director, relativo a notificación a David Gutiérrez Golmar, de requerimiento de documentación para la tramitación de su solicitud de subvención a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el programa Promoción del empleo autónomo, regulado en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio.- Expte. 09-38/07318.

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BOC-A-2010-069-2026. Firma electrónica-Descargar

Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a David Gutiérrez Golmar, del requerimiento de fecha 23 de febrero de 2010, y número de registro 109077, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento solicitud de subvención.

En relación con su solicitud de fecha 11 de diciembre de 2009, registrada de entrada en estas dependencias el día 14 de diciembre de 2009, con el número de registro 1659837, a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el programa "Promoción del empleo autónomo", regulado en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente al de recibo de esta notificación, presente ante el Servicio Canario de Empleo, original y dos fotocopias de la siguiente documentación:

- Documento que acredite el alta del solicitante en el Programa Informático Contable de la Comunidad Autónoma de Canarias (PICCAC) debidamente registrado por la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias.

- Alta del trabajador/a en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, Régimen Especial que corresponda ó Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, debido a que lo que ha presentado es la Solicitud de dicha Alta.

- Declaración Censal de comienzo, modificación o cese de la actividad de la Administración Tributaria Canaria (Modelo 400).

- En caso de exención de tributación del I.G.I.C., declaración jurada indicando los motivos de dicha exención.

- Certificado positivo de estar al corriente con las obligaciones tributarias de la Hacienda Estatal.

Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este Organismo, en aplicación de lo recogido en el artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que será dictada en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada.- En Santa Cruz de Tenerife, a 23 de febrero de 2010.- El Jefe de Servicio de Promoción de la Economía Social, Jesús Pedreira Calamita."

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de marzo de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.

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