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BOC Nº 069. Viernes 9 de Abril de 2010 - 2005

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

2005 ORDEN de 24 de marzo de 2010, por la que se corrigen errores detectados en la Orden de 10 de febrero de 2010, que aprueba las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias, FEADER, para el período de programación 2007-2013.

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BOC-A-2010-069-2005. Firma electrónica-Descargar

Advertidos errores en el texto de la Orden de 10 de febrero de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER, para el período de programación 2007-2013, inserta en el Boletín Oficial de Canarias nº 37, de 23 de febrero de 2010, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En el índice y en la letra c) del artículo 1 y en la sección 3ª del Capítulo II del anexo (páginas 5146, 5148 y 5160 del texto publicado en el BOC), donde dice: "subvenciones destinadas a la utilización de asesoramiento y a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento", debe decir: "subvenciones destinadas a la utilización de servicios de asesoramiento y a la implantación de servicios de gestión, sustitución y asesoramiento".

En la letra t) del apartado 1 del artículo 2 del anexo (página 5150 del texto publicado en el BOC), donde dice: "Jefe de explosión", debe decir: "Jefe de explotación".

En la letra d) del apartado 2 del artículo 15 y en la letra f) del apartado 2 del artículo 26 del anexo (páginas 5159 y 5168 del texto publicado en el BOC), donde dice: "copia de la declaración de impacto ecológico conforme a lo establecido en la Ley 11/1990, de 13 de julio (BOC nº 92, de 23.7.90), de Prevención del Impacto Ecológico, salvo en los supuestos que aparecen relacionados en el anexo III de estas bases", debe decir "copia de la solicitud de la declaración de impacto ecológico conforme a lo establecido en la Ley 11/1990, de 13 de julio (BOC nº 92, de 23.7.90), de Prevención del Impacto Ecológico, salvo en los supuestos que aparecen relacionados en el anexo III de estas bases".

En la letra c) del apartado 2 del artículo 79 del anexo (página 5196 del texto publicado en el BOC), donde dice: "Someterse a las actuaciones de comprobación por el órgano gestor y de control de la Intervención General y a facilitar la información que le sea solicitada de acuerdo a lo establecido en el presente Decreto y, en su caso, en las normas reguladoras de las subvenciones de que se trate", debe decir: "Someterse a las actuaciones de comprobación por el órgano gestor y de control de la Intervención General y a facilitar la información que le sea solicitada de acuerdo a lo establecido en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, y, en su caso, en las demás normas reguladoras de las subvenciones establecidas en estas bases".

En el artículo 82 (página 5198 del texto publicado en el BOC), donde dice: "El procedimiento de reintegro de subvenciones se regirá por las disposiciones generales sobre procedimiento administrativo contenidas en el Título VI de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de las especialidades establecidas en el Título IX de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y en el Capítulo VIII del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias", debe decir: "El procedimiento de reintegro de las subvenciones reguladas en estas bases se regirá por las disposiciones generales sobre procedimiento administrativo contenidas en el Título VI de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de las especialidades establecidas en el Título IX de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, y en el Capítulo VIII del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias".

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de marzo de 2010.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, p.s., LA CONSEJERA

DE SANIDAD

(Decreto 27/2010, del Presidente, de 17.3.10),

María Mercedes Roldós Caballero.

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