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BOC Nº 065. Lunes 5 de Abril de 2010 - 1853

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1853 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 19 de marzo de 2010, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 26 de febrero de 2010, relativo a la aprobación definitiva del Proyecto de Actuación Territorial Colegio Oficial Alemán, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

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BOC-A-2010-065-1853. Firma electrónica-Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 26 de febrero de 2010, relativo a la aprobación definitiva del Proyecto de Actuación Territorial "Colegio Oficial Alemán", término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de marzo de 2010.- La Directora General de Ordenación del Territorio, Sulbey González González.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 26 de febrero de 2010, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Actuación Territorial "Colegio Oficial Alemán" (Expte. 2007/1803), conforme al artículo 26.1 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo y artículo 72.1 del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo.

Segundo.- Excluir del procedimiento de evaluación ambiental el Proyecto de Actuación Territorial "Colegio Oficial Alemán" (Expte. 2007/1803), conforme al artículo 24.4.a) del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, dado el reducido ámbito territorial del presente proyecto.

Tercero.- Incluir en el acuerdo de aprobación definitiva los siguientes pronunciamientos:

a) Fijar la prestación de garantía ante el Tesoro de la Comunidad Autónoma de Canarias por un importe del 10% del coste total de las obras a realizar, conforme al artículo 25.4.f).1 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, la cual asciende a 98.600,00 euros.

b) Se propone al respecto que conforme a lo previsto en el artículo 43.2.b) del Texto Refundido, la COTMAC apruebe el Proyecto definitivamente, supeditando su publicación al cumplimiento de esta obligación.

c) La licencia urbanística habrá de ser solicitada dentro de los 6 meses siguientes a la entrada en vigor del Proyecto de Actuación Territorial, con su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, tal y como prevé el artículo 170.1 del Texto Refundido.

d) La eficacia del proyecto caducará por el transcurso de 1 año desde la entrada en vigor sin haberse solicitado dicha licencia urbanística, conforme al artículo 26.3 del Texto Refundido.

e)El Proyecto de Actuación Territorial tendrá una vigencia limitada de 10 años.

Cuarto.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y al Cabildo de Gran Canaria y publicarlo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el Acuerdo de aprobación definitiva del Proyecto de Actuación Territorial, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por Decreto 254/2003, de 2 de septiembre y por Decreto 234/2005, de 27 de diciembre.

Contra el dispositivo segundo del presente Acuerdo no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Belén Díaz Elías.

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